Reparto de utilidades debe pagarse en tiempo y forma a más tardar el 30 de mayo: STPS
Por: Martín Velasco
La pandemia no debe ser pretexto para que los patrones incumplan con su obligación, ya que se trata de una prestación que se generó durante el año pasado, por lo que su pago tiene que afectarse a pesar de la existencia de la Covid-19
Si bien como consecuencia de la pandemia de coronavirus, el pago de utilidades puede aplazarse hasta el 29 de agosto, sólo en el caso de personas físicas que funjan como patrones, esta obligación patronal tiene que cumplirse sin pretextos, recalcó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
La dependencia señaló que el reparto de utilidades es una prestación de los trabajadores que debe cumplirse a cabalidad y que en el caso de los patrones deben cumplir a más tardar el 30 de mayo próximo.
Por lo que la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo estará pendiente de las denuncias que puedan presentar los trabajadores afectados por este incumplimiento, recalcó la dependencia federal.
Agregó que, de acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo, si los trabajadores no reciben esta prestación o se les paga de forma incompleta, tienen un año para reclamar su pago, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, que en este caso es el 30 de mayo.
Trabajo y Previsión Social, argumentó que al tratarse de la participación del ejercicio fiscal de 2019, el reparto de utilidades de este año se debe pagar en tiempo y forma, ya que se trata de una prestación que se generó durante el año pasado, por lo que su pago tiene que afectarse a pesar de la existencia de la pandemia de Covid-19.
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