SSa debe hacer públicos los datos epidemiológicos y estadísticos de defunciones 2019 y 2020: INAI
Por: Valentín Alemán Santillán
“Estas estadísticas son imprescindibles para comparar que de un año a otro en estos meses, haya habido una muy importante, probable y considerable suma de aumento de defunciones, que algunas de ellas podrían ser clave para entender y disipar los mitos que se han creado sobre las cifras y las estadísticas oficiales sobre el tema del Covid”: Francisco Javier Acuña Llamas
En el contexto de la pandemia Covid-19, es absolutamente importante que todos estemos enterados de cuál ha sido la mecánica, la explicación oficial respecto de las defunciones, enfatizó el comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Francisco Javier Acuña Llamas, por lo que ordenó a la Secretaría de Salud (SSa) entregar los datos contenidos en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED), del periodo del 1 de febrero al 1 de julio del presente año.
Lo anterior, debido a la insuficiente información de la dependencia a la solicitud de un particular por conocer las estadísticas sobre el tema al aceptar la existencia de información en los términos requeridos, excepto los correspondientes a los años 2019 y lo que va del presente 2020.
Es un deber de las autoridades tener actualizada lo más posible la información; desde luego hay procesos que no son instantáneos a pesar de que ahora hay tantos medios para hacer que las cuestiones que antes eran manuales a renglón seguido, me refiero con pluma, lápiz y corrector, después ya fueron con mecanografía y ahora ya son un asunto de computación, de informática, expuso ante el Pleno el titular del INAI.
Acuña Llamas agregó que el tema de las defunciones cobra especial relevancia en el contexto de la emergencia sanitaria, sobre todo, porque las cifras oficiales han sido cuestionadas.
Las cifras oficiales que desde el comienzo de la pandemia por Covid, se han dado por contagios y por defunciones, han resultado muy polémicas, muy cuestionables y, naturalmente, tiene que, cada vez más, generando una exigencia efectiva de llegar a esclarecerlas, porque resulta que estos datos se sabrán tarde o temprano, ojalá que más temprano que tarde, señaló.
Puntualizó que estas estadísticas son imprescindibles para comparar que de un año a otro en estos meses, haya habido una muy importante, probable y considerable suma de aumento de defunciones, que algunas de ellas podrían ser clave para entender y disipar los mitos que se han creado sobre las cifras y las estadísticas oficiales sobre el tema del Covid.
El comisionado presidente del INAI advirtió que la información proporcionada no atiende a cabalidad lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues si bien se proporcionó información de manera disociada, se clasificó estadística relacionada con la fecha de registro de la defunción; datos de usuario, identificadores de la entidad federativa y de revisión del sistema, misma que no encuadra en el supuesto de clasificación invocado por el sujeto obligado.
Por lo anterior, Acuña Llamas Acuña expuso en su análisis que lo procedente es revocar la respuesta de la Secretaría de Salud porque es imperfecta, porque no satisfizo, porque tiene flecos que permiten mejorar esa respuesta en términos de información que debe de estar en las manos de aquel que lo solicitó, pero ya de todos también, para beneficio de la credibilidad pública de un país.
Así las cosas, el Pleno del INAI revocó la respuesta emitida por la Secretaría de Salud y le instruyó que proporcione al particular una nueva versión pública en la que, además de los datos ya proporcionados, incluya los datos de año, mes, estado captura, fecha de información, fecha de actualización y tipo de hoja.
Aunado a lo anterior, deberá proporcionar al particular la resolución emitida por su Comité de Transparencia, por medio del cual clasifique los datos contenidos en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED), con fundamento en el artículo 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
(Fotos INAI)