Acciones contra la esclavitud y el trabajo forzoso, deben ser públicas, recuerda el INAI a la Segob

La trata de personas es un delito que corrompe la libertad y la dignidad de las víctimas, así como su integridad física y emocional, afectando no sólo al individuo, también a la familia y a la sociedad en general, por lo que el Estado mexicano debe formular acciones y políticas públicas eficaces e integrales para combatir este flagelo, advierte la comisionada Josefina Román Vergara

Por: Martín Velasco

Por instrucciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Secretaría de Gobernación (Segob) deberá informar los resultados de los programas dirigidos a prevenir, combatir y sancionar los delitos de esclavitud, servidumbre, explotación laboral y trabajo forzoso, incluidos en el informe realizado en 2012 sobre el particular.

En el resolutivo el INAI indicó que el Estado mexicano debe formular acciones y políticas públicas eficaces e integrales para combatir este delito que corrompe la libertad y la dignidad de las víctimas, así como su integridad física y emocional, afectando no sólo al individuo, también a la familia y a la sociedad en general.  

La comisionada Josefina Román Vergara, explicó que datos del Diagnóstico para la Situación de la Trata de Personas en México 2019, refiere que 85% de las víctimas son niñas y mujeres, y el restante 15% son niños y hombres.

Precisó que en este contexto, la Segob señaló que las medidas para prevenir estos delitos se encuentran en los informes anuales que expide y publica la Comisión Intersecretarial para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos, en donde se refleja el resultado del trabajo conjunto y coordinado de las personas que lo conforman. Asimismo, remitió los vínculos electrónicos con excepción del informe anual 2012 debido a su volumen.

En su análisis del caso, la comisionada Román Vergara, advirtió que la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, establece que las autoridades judiciales y ministeriales deben dar a conocer a la sociedad los resultados de las evaluaciones que realicen, y la información global que permita medir el desarrollo y los avances de la evolución nacional y estatal de los delitos previstos en dicha ley, así como su prevención, combate y sanción.

Además, establece que la Comisión Intersecretarial debe elaborar un informe anual con los resultados obtenidos por el Programa Nacional, remitirlo al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a las dos Cámaras del Congreso de la Unión y difundirlo ampliamente en los medios de comunicación en todo el territorio nacional, por lo que dicha documentación debería estar a disposición del público, inclusive en medios electrónicos.

Por esto, el Pleno del INAI modificó la respuesta inicial de Gobernación y ordenó a la dependencia que tiene que entregar el anexo correspondiente del Informe Anual 2012 por alguna vía electrónica.

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