Nada impide a Morena promocionar la Consulta Popular: INE desecha queja del PAN
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, determina improcedente solicitud del PAN para emitir medidas cautelares en contra de Mario Delgado y demás dirigentes de Movimiento Regeneración Nacional por difusión indebida de la Consulta Popular: “no existe un impedimento legal ni constitucional para que la ciudadanía se involucre en la difusión de estos ejercicios de participación directa, siempre y cuando no transgredan la prohibición de contratar tiempos en radio y televisión para influir en la opinión ciudadana o difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido”, precisa el INE
Redacción Círculo Rojo
No hay impedimento legal ni constitucional para que Mario Delgado Carrillo y demás dirigentes de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) no puedan promocionar la Consulta Popular del próximo 1 de agosto, siempre y cuando no se contraten tiempos en radio y televisión para influir en la opinión ciudadana o difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido, resolvió la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).
Precisó que la queja por difusión indebida de la Consulta Popular, presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), no reúne los elementos suficientes por lo que se determinó improcedente.
El quejoso denunció la realización de un evento el pasado 27 de junio, publicaciones contenidas en el periódico Regeneración y en el perfil en Twitter de Mario Delgado, así como una supuesta instrucción del dirigente partidista para que distintos gobernadores y gobernadoras se involucraran en la promoción de este ejercicio ciudadano, acotó el INE.
El órgano colegiado del INE, acotó que contrario a lo que sostiene el partido denunciante, no existe un impedimento legal ni constitucional para que la ciudadanía se involucre en la difusión de estos ejercicios de participación directa, siempre y cuando no transgredan la prohibición de contratar tiempos en radio y televisión para influir en la opinión ciudadana o difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido.
Respecto a una posible instrucción dirigida a los titulares del Ejecutivo local, no se contó con elementos suficientes para comprobar el dicho y, en todo caso, la intervención y los términos en que sucede se refiere a pronunciamientos sobre hechos futuros de realización incierta, por lo que resulta improcedente el dictado de medidas cautelares, agrega.
Subraya que esta resolución guarda congruencia con lo ya resuelto por la Comisión en temas similares en los acuerdos ACQyD-INE-140/2021 (13 de julio) y ACQyD-INE-142/2021 (16 de julio), en donde se denunciaron prácticamente las mismas conductas. En todos los casos, se tratan de análisis preliminares cuyo pronunciamiento de fondo corresponde a la Sala Regional Especializada.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.
(Fotos Twitter)