Tribunal Electoral invalida consulta de Revocación de Mandato
Por unanimidad, la Sala Superior declara “no ha lugar emitir la declaratoria de validez”, al incumplirse los requisitos constitucionales y legales para ello. Determina que el resultado del cómputo final del proceso de Revocación de Mandato y el porcentaje de participación de la ciudadanía, fueron los determinados por el Consejo General del INE, consistentes en 16 millones 502 mil 636 votos (17.77%), de los poco más de 37 millones (40%) necesarios para su validación
Redacción Círculo Rojo
Al no haber participado al menos el 40 por ciento de la ciudadanía inscrita en la Lista Nominal de Electores, la tarde de este miércoles el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), invalidó la consulta de Revocación de Mandato realizada el pasado 10 de abril para validar o cancelar la continuidad de Andrés Manuel López Obrador en el cargo de Presidente de México hasta septiembre de 2024, cuando concluye el periodo para el que fue electo en 2018.
En sesión solemne, la máxima autoridad en materia electoral emitió la resolución relativa al cómputo final de éste ejercicio de democracia participativa y declaró concluido el proceso de Revocación de Mandato para el que se instalaron 57 mil 448 casillas en todo el territorio nacional, lo que representa menos de la tercera parte de las 161 mil que normalmente se colocan en una elección federal.
Por unanimidad, la Sala Superior determinó que el resultado del cómputo final del proceso de Revocación de Mandato y el porcentaje de participación de la ciudadanía, fueron los determinados por el Consejo General del INE, consistentes en 16 millones 502 mil 636 votos (17.77%), de los poco más de 37 millones (40%) necesarios para su validación.
Por pérdida de confianza al presidente López Obrador, 1 millón 63 mil 209 (6.44%) electores votaron por la Revocación de Mandato al tabasqueño.
En tanto, 15 millones 159 mil 323 (91.86%) se pronunciaron porque Andrés Manuel siga en la Presidencia de la República.
De los 16 millones 502 mil 636 votos, la autoridad electoral declaró nulos 280 mil 104 (1.70%)
En consecuencia, la Sala Superior del TEPJF resolvió, en sesión presencial solemne, que el proceso de Revocación de Mandato no fue válido, al no haberse cumplido la condición única necesaria, consistente en la participación de por lo menos el 40 por ciento de las y los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores.
De acuerdo con lo anterior, la Sala Superior dio por concluido el proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el período constitucional 2018-2024, y declaró no ha lugar emitir la declaratoria de validez, al incumplirse los requisitos constitucionales y legales para ello.
En relación con los procedimientos sancionadores, derivados de quejas y denuncias ante el INE y diversos medios de impugnación presentados ante el TEPJF, el Tribunal Electoral enfatizó que, dada su naturaleza y finalidad, podía seguirse con su instrucción y resolución, con independencia de la determinación sobre el cómputo final.
Se instruyó al INE y a la Sala Regional Especializada para que investiguen y, en su caso, sancionen actos potencialmente irregulares que se denunciaron durante el proceso y, por el otro, advirtió a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales sobre conductas posiblemente ilícitas que quizás deba investigar, apuntó el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón.
(Fotos lopezobrador.org.mx)