SCJN invalida resolución de INAI que ordenaba a la FGR hacer público nombre y cargo de personal adscrito a subprocuradurías
La resolución RRA 9481/19, emitida el 28 de agosto de 2019 por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), incide negativamente en el ejercicio de la esfera competencial constitucional que la FGR tiene conferida en los artículos 21 y 102 de la Constitución General, por las siguientes razones, precisa la Suprema Corte en su dictamen
Redacción Círculo Rojo
Al resolver una controversia constitucional 325/2019, promovida por la Fiscalía General de la República, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó la resolución de un recurso de revisión RRA 9481/19, emitido el 28 de agosto de 2019 donde el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ordenaba entregar a un particular el nombre y cargo de todo el personal que realiza tareas sustantivas de investigación y persecución de delitos, adscrito a diversas subprocuradurías de la FGR, entre los que se incluyen Agentes del Ministerio Público de la Federación, Policías Federales Ministeriales y Peritos.
Lo anterior al determinar que la mencionada resolución incidía negativamente en el ejercicio de la esfera competencial constitucional que la FGR tiene conferida en los artículos 21 y 102 de la Constitución General, por las siguientes razones:
1. Se identificó en términos concretos cómo es que la información requerida podría comprometer el ejercicio de sus facultades constitucionales y, con ello, la seguridad pública del país, en virtud de que: a) la información podría ser aprovechada por los grupos criminales para conocer la capacidad de reacción de la FGR; b) con dicha información se revelarían a detalle las características funcionales del personal y con ello, su organización para el cumplimiento de sus funciones; y c) los Ministerios Públicos de la Federación están sujetos a cambios de adscripción.
2. Existe una relación causal general entre la entrega de la información y la afectación a la seguridad pública, pues los grupos criminales estarían en posibilidad de obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia y contrainteligencia en el combate a la delincuencia y la investigación de los delitos federales.
3. Se acreditó con evidencia suficiente la existencia de la relación causal general entre entregar los nombres y cargos de los Agentes del Ministerio Público Federal y la afectación que ello traería a la seguridad pública.
Además, el Pleno de la SCJN invalidó la resolución del INAI donde ordenó a la FGR la entrega de los nombres y cargos del personal administrativo adscrito a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), en virtud de que aun cuando dicho personal no realiza tareas sustantivas, sí tiene acceso a información relativa a ésta, como son operativos, turnos de asuntos, armamento, imputados y víctimas, entre otros.
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