Suprema Corte valida reservar por cinco años información de compra de vacunas Covid

Al resolver dos recursos de revisión interpuestos por la Presidencia de la República en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales sobre los contratos para la adquisición de vacunas contra el virus y los comprobantes de pago respectivos, los ministros determinan modificar la resolución del INAI

Su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país

Redacción Círculo Rojo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió este lunes que la divulgación de las condiciones esenciales de la contratación para la adquisición de vacunas contra el virus del SARS-CoV-2, puede poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país, por lo que esta información debe ser clasificada como reservada por un periodo de cinco años.

Sin embargo, precisó que ello no impide divulgar una versión pública en la que se puedan apreciar aquellos aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyan información confidencial (datos personales y secreto comercial).

Al resolver dos recursos de revisión interpuestos por la Presidencia de la República en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales sobre los contratos para la adquisición de vacunas contra el virus y los comprobantes de pago respectivos, los ministros determinaron modificar la resolución del INAI.

Resolvieron que los comprobantes de pago respectivos deben  también ser clasificados como información reservada por un periodo de cinco años, pues su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional por la misma razón precisada en el párrafo anterior.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, argumentó que la difusión de la información pondría en riesgo el suministro de las vacunas.

Dijo que contrario a lo determinado por el INAI, la divulgación de las condiciones esenciales de contratación y los datos personales, sí ponen en peligro el suministro de vacunas y el cumplimiento de los contratos celebrado por nuestro país.

Sin embargo, agregó que ello no implica que otros datos de la información requerida por un particular al INAI, deban seguir la misma suerte, es decir, que no puedan generarse versiones públicas del contenido restante de los contratos.

El ministro Alberto Pérez Dayán se pronunció en contra del proyecto, al puntualizar que se trata de un caso de seguridad nacional, pues esto implicaría otras situaciones de mayor relevancia, con otro tipo de consecuencias y decisiones.

La información que la mayoría de las y los ministros del máximo Tribunal del país decidieron mantener en reserva hasta el 2025, es la relacionada con los contratos y órdenes de pago para adquirir las vacunas de Pfizer, AstraZeneca, Cansino, Sputnik, y Sinovac.

Por mayoría de ocho votos, el Pleno de la Corte modificó la resolución del INAI, para que la reserva sea por cinco años, como lo había hecho el gobierno federal, y no de dos como lo habían ordenado los comisionados del INAI.

(Fotos Twitter)