Suprema Corte desecha petición de exigir renuncia a la ministra Esquivel Mossa

¿Qué opinan del plagio y las excusas inventadas en las últimas semanas por una servidora judicial? ¿Qué piensan como los máximos juzgadores de México al saber que una silla de este Alto Tribunal una persona de la que se ha demostrado su falta de honorabilidad?, cuestiona la Organización México Justo a ministras y ministros

En su escrito, la Organización México Justo no plantea ninguna representatividad legal o litigio judicializado y sólo hizo un limitado llamado a los ministros en el caso de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, responde la SCJN

Redacción Círculo Rojo  

Por carecer la Organización México Justo de representatividad legal o litigio judicializado por el supuesto plagio de tesis, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la petición de renuncia a la ministra Yasmín Esquivel Mossa interpuesta por esta asociación civil.

En un documento de dos cuartillas y firmado por su presidente Juan Carlos Pérez Góngora –sobrino del ex presidente de la SCJN, Genaro David Góngora Pimentel y fundador de México Justo– la asociación civil refiere que una vez que ha sido confirmado el plagio y a pesar de que también se ha informado que la Universidad Nacional Autónoma de México carece de normatividad para sancionar, invalidar el título profesional e incluso ha remitido el caso a la Secretaría de Educación Pública, lo que sigue es que el máximo tribunal exija a Esquivel Mossa la renuncia a su cargo.

Insistimos que, con base en lo que menciona el artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre los requisitos para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, último párrafo: ‘Los nombramientos de los Ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica’.

Insisten en que Yazmin Esquivel Mossa, no cumple con el requisito de honorabilidad, derivado del plagio confirmado por la UNAM, por lo que una persona que ha incurrido en actos de corrupción y mentiras no puede ser Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Aunado a lo anterior, solicitamos se actúe como lo establecido en el artículo 98 Constitucional, tercer párrafo, que menciona: ‘Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado’.

Subrayan que por ser de gravedad los actos realizados por Esquivel Mossa, toda vez que van en contra de la honorabilidad que se presume tener como Ministra de la Suprema Corte de la Nación y que ha incumplido de manera evidente, les pedimos que se proceda como lo establece la Constitución.

En nombre de abogados, investigadores y académicos de las universidades más prestigiosas de México, que conforman la asociación civil, Pérez Góngora pregunta a ministras y ministros: ¿Qué opinan del plagio y las excusas inventadas en las últimas semanas por una servidora judicial? ¿Qué piensan como los máximos juzgadores de México al saber que una silla de este Alto Tribunal una persona de la que se ha demostrado su falta de honorabilidad?

La sociedad mexicana, estamos esperando que nos respondan a dichas interrogantes, que levanten la voz y no se coludan al ver pasar lo que es evidente (…) La presencia de Yasmín Esquivel Mossa desmerita, el trabajo y la figura de este Alto Tribunal, por lo tanto, como representantes de la academia, descalificamos rotundamente los actos citados y exigimos su renuncia por el bien de México, concluye.

Sin embargo, con base en el fundamento del artículo 14, fracción II, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó no ha lugar a tener por presentado el documento indicado en el numeral 1 de la cuenta de esta determinación.

Puntualiza que dicha ley faculta a la ministra presidenta la atribución de admitir o no a trámite los asuntos que se presenten ante la SCJN, a excepción de los que estime dudosos, como se consideró este, en el que la Organización México Justo no planteó ninguna representatividad legal o litigio judicializado y sólo hizo un limitado llamado a los ministros.

El escrito de la Organización México Justo fue registrado en el máximo tribunal con el expediente 2290/2022-VIAJ y puesto a consideración de la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández.

(Fotos Twitter)