Suprema Corte invalida la “Ley Nahle”, que le permitía a la secretaria de Energía ir por la gubernatura de Veracruz en 2024
El máximo tribunal avala por mayoría de ocho votos, el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en el que se declaran procedentes y fundadas las acciones de inconstitucionalidad de la reforma al artículo 11 de la Constitución Política de Veracruz, mediante la adición de la fracción III, la cual considerado como veracruzano a los nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en Veracruz
Redacción Círculo Rojo
Al declarar este martes inconstitucional que las personas originarias de otros estados, pero con hijos nacidos en el estado de Veracruz, puedan competir por la gubernatura de la entidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cortó las aspiraciones de la secretaria de Energía, Roció Nahle García, de participar en la contienda electoral del 2024.
Al resolver las impugnaciones formuladas por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática en contra del Decreto 240, publicado el 11 de agosto de 2022, en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, el máximo tribunal avaló por mayoría de ocho votos, el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en el que se declaran procedentes y fundadas las acciones de inconstitucionalidad de la reforma al artículo 11 de la Constitución Política de Veracruz, mediante la adición de la fracción III.
A través de dicha fracción se adicionaron nuevos supuestos para ser considerado como veracruzano a los nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en Veracruz.
En su resolución, el Pleno de la Suprema Corte invalidó la porción normativa mencionada, al considerar que el legislador local introdujo un supuesto adicional para ser considerado como nativo de la entidad y que hubiera podido incidir en los requisitos que es necesario cumplir para acceder a la gubernatura, lo cual resultaba violatorio de lo dispuesto en el artículo 116, fracción I, último párrafo, de la Constitución Federal en cual establece que:
Solo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa, refiere la Carta Magna.
La decisión de invalidez del máximo tribunal se limita a la porción normativa con hijos veracruzanos o, por lo que el supuesto deberá leerse de la manera siguiente: Artículo 11. Son veracruzanos: … III. Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano.
Ingeniera Química de profesión con especialidad de Petroquímica, la secretaria de Energía, Rocío Nahle García, nació en Río Grande, Zacatecas, pero tiene hijos nacidos en Veracruz, lo que le permitía contender, de acuerdo a la reforma del 2022 a la Constitución del Estado de Veracruz, por la gubernatura de la entidad en los comicios del 2024, de ahí la Ley Nahle, echada abajo por las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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