FGR apelará cancelación de orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca y actuará penalmente contra juez

La FGR analizará las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que emitió la sentencia en el juicio de amparo 2477/2022-2, con la que se estima favoreció al ex mandatario tamaulipeco, pues resulta evidente, que el Juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas, “se dedica por entero a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras del quejoso, las cuales en todo caso denotan la organización de hecho realizada por el citado y otras personas”, señala

En su sentencia, el juez Faustino Gutiérrez Pérez, advierte que hubo violaciones al debido proceso en las investigaciones realizadas por la FGR para imputar al panista García Cabeza de Vaca

Redacción Círculo Rojo

La Fiscalía General de la República impugnará la sentencia de amparo dictada por el juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, mediante la cual se cancela la orden de aprehensión contra el ex gobernador de esa entidad, el panista Francisco Javier García Cabeza de Vaca, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La FGR, también informó que se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que emitió la sentencia en el juicio de amparo 2477/2022-2, con la que se estima favoreció al ex mandatario tamaulipeco.

Es más que evidente en la sentencia de amparo aludida, que quien la emite, antes que hacer un análisis específico e integral tanto de lo que se planteó al solicitar la orden de aprehensión, como de lo resuelto por el Juez de Control al librar la orden de aprehensión, así como de lo alegado por la parte promovente del amparo, se dedica por entero a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras del quejoso, las cuales en todo caso denotan la organización de hecho realizada por el citado y otras personas para la realización de ciertas conductas que llevan a la materialización de uno de los delitos contemplados en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, detalló la FGR.

A través de de un comunicado, la Fiscalía subrayó que el propósito de combatir los delitos cometidos por altos funcionarios bajo esquemas que, además de constituir actos de corrupción, implican la comisión de ilícitos penales, se ve afectado cuando se producen determinaciones judiciales que atentan contra el derecho y contra una recta administración de justicia.

El rol de juzgador se habría transformado en el de un agente de la defensa del imputado. Ello se confirma cuando el juez de amparo llega a establecer el absurdo de que no podrían coexistir los delitos de delincuencia organizada y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cuando es por demás conocido que el primero de ellos es autónomo por esencia e incluso no requiere que se materialice la conducta o finalidad de la organización, sostuvo.

La FGR, puntualizó que innumerables casos existen en los que se ha procedido ministerialmente por delincuencia organizada y por los delitos que son la finalidad de quienes se organizan; se han obtenido órdenes de aprehensión, vinculaciones a proceso o autos de formal prisión (según el sistema penal que aplique) y sentencias condenatorias.

Además, el juicio de amparo fue tramitado y resuelto sin convocar al agente del Ministerio Público de la Federación (MPF), que investigó y judicializó el caso, cuando en derecho era obligado haberle dado la oportunidad de intervenir por su calidad de tercero interesado en ese juicio.

Esa omisión contraviene de manera clara, lo establecido al respecto en el artículo 5º, fracción III, inciso e), de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la propia jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, afirmó.

Ante esa sentencia, notoriamente alejada del derecho y del más elemental sentido de justicia, se promoverá el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que la emitió, concluyó.

En su sentencia, el juez Gutiérrez Pérez, advirtió que hubo violaciones al debido proceso en las investigaciones realizadas por la FGR para imputar a García Cabeza de Vaca, ya que nadie puede ser acusado dos veces por los mismos hechos.

La Justicia de la Unión ampara y protege a Francisco Javier García Cabeza de Vaca, en el propio expediente 2477/2022-2, en contra de las autoridades y por los actos precisados en los considerandos segundo y cuarto de esta sentencia, por los motivos y para los efectos anotados en los considerandos quinto y sexto de la misma, sentenció.

Al respecto, los abogados del ex mandatario panista, Diego Ruíz Durán y Ricardo Cajal, señalaron que el juez Faustino Gutiérrez Pérez, resolvió que la FGR sesgó información y ocultó datos de prueba al juez de control, con la finalidad de hacer parecer hechos lícitos como un complejo esquema de lavado de dinero, para que dicho juez de control girara la orden de aprehensión en contra de nuestro representado.

Los abogados, precisaron en un comunicado que las operaciones imputadas a Francisco Javier García Cabeza de Vaca no son constitutivas de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita ni de delincuencia organizada.

(Fotos Twitter)