FGR acata ordenamiento de la Suprema Corte y separa de sus cargos dos funcionarios, por incumplir sentencia de amparo

La FGR refiere que derivado una averiguación previa por contrabando en el año de 2014, de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), en Cancún, Quintana Roo, los bienes correspondientes fueron decretados por abandono a favor del Estado y entregados a las instancias federales competentes; sin embargo, el incumplimiento consistió en no haber realizado, en tiempo y forma, por parte del Ministerio Público y de su superior inmediato, todas las diligencias que el Juez les ordenó

Los ministros también determinaron que, el incidente de inejecución de sentencia debe quedar abierto, pues el asunto no puede archivarse sino hasta que el fallo protector quede enteramente cumplido

Redacción Círculo Rojo

Por incumplir en tiempo y forma con lo ordenado por un Juez Federal de Amparo, y en acatamiento a la determinación del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Fiscalía General de la República (FGR) separó de su cargo al Agente del Ministerio Público de la Federación, Víctor Manuel M, y a su superior jerárquico inmediato Celia A, encargada de la Unidad Especializada de Análisis Financiero.

Al destacar que se ha iniciado la carpeta correspondiente para su consignación (judicialización), la FGR detalló que este asunto comenzó mediante una averiguación previa por contrabando en el año de 2014, por la entonces Procuraduría General de la República (PGR), en Cancún, Quintana Roo; y los bienes correspondientes fueron decretados por abandono a favor del Estado y entregados a las instancias federales competentes.

Precisó que el incumplimiento consistió en no haber realizado, en tiempo y forma, por parte del Ministerio Público y de su superior inmediato, todas las diligencias que el Juez les ordenó. Y cuando le hicieron llegar a la autoridad judicial la información respectiva, los plazos ya habían sido incumplidos. 

Por lo que toca al incidente de inejecución, la FGR cumplirá cabalmente con los plazos y diligencias ordenadas que sean necesarias, a través de los Agentes del Ministerio Público que se encargarán de este caso, ya que la Fiscalía cumple y cumplirá con sus obligaciones legales, sancionando a todo aquel servidor público que no lo haga.  

En su sesión de este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió separar de sus encargos y consignar a Víctor Manuel M y a Celia A, por haber incumplido de manera injustificada una sentencia que concedió el amparo, a fin de que sean juzgados y sancionados por la desobediencia cometida. Ello de conformidad con el artículo 107, fracción XVI de la Constitución federal.

Se constató que pese a todos los requerimientos que se les hicieron, las referidas autoridades fueron omisas en dar cumplimiento a la sentencia de amparo en la que se les ordenó, entre otros aspectos, llevar a cabo el desahogo de diversas diligencias probatorias, a través de las cuales la quejosa buscaba acreditar la propiedad y obtener la devolución de joyería que en su momento le fue asegurada, con un valor de más de 200 millones de pesos. Además, las autoridades responsables no informaron al juez de amparo sobre la entrega material de los bienes al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, detalló el máximo tribunal.

Los ministros, también determinaron que, el incidente de inejecución de sentencia debe quedar abierto, pues el asunto no puede archivarse sino hasta que el fallo protector quede enteramente cumplido, pues es una cuestión de orden público e interés general que la protección otorgada pueda materializarse.

Además, requirió a las personas que ahora ocupen los cargos de autoridades responsables, para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que se notifique la resolución, den aviso de las acciones que realicen para dar cumplimiento a la sentencia aludida.

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