INE difunde reglas para la intercampaña y asegurar la equidad en la contienda comicial

Del 19 de enero y hasta el 29 de febrero, los partidos políticos podrán reflexionar sobre sus candidatas y candidatos a los diferentes cargos de elección popular, así como resolver posibles diferencias sobre la selección interna de los mismos, al tiempo que el Instituto Nacional Electoral (INE) revisará el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones

El próximo 2 de junio se elegirán 19 mil 746 cargos locales y 629 federales, incluidos 500 diputados, 128 senadores y el Presidente de la República, por lo que a partir de mañana viernes 19 de enero y hasta el 29 de febrero, partidos y candidatos no podrán promover el voto, a favor o en contra, o hacer referencias expresas a candidaturas

Redacción Círculo Rojo

Este jueves concluyó el periodo de precampañas rumbo a la elección federal del próximo 2 de junio en la que se elegirán 19 mil 746 cargos locales y 629 federales, incluidos 500 diputados, 128 senadores y el Presidente de la República, por lo que a partir de mañana viernes 19 de enero y hasta el 29 de febrero, partidos y candidatos no podrán promover el voto, a favor o en contra, o hacer referencias expresas a candidaturas.

Durante este periodo conocido como intercampañas, los partidos políticos podrán reflexionar sobre sus candidatas y candidatos a los diferentes cargos de elección popular, así como resolver posibles diferencias sobre la selección interna de los mismos, al tiempo que el Instituto Nacional Electoral (INE) revisará el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones.

Durante este lapso, las personas aspirantes no podrán aparecer en spots, debates o mesas redondas o de análisis de radio y televisión, en donde esté presente más de una o un precandidato. Del mismo modo, el contenido de su propaganda comicial sólo puede tener un carácter informativo.

Sí se permite la difusión de propaganda política, la cual tiene como finalidad presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o bien, invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo, con la finalidad de promover su participación en la vida democrática del país o incrementar el número de sus afiliados.

Tal circunstancia, puntualizó el INE, implica que este tipo de publicidad esté focalizada en la imagen del partido político y en sus postulados esenciales contenidos en sus documentos básicos, como la Declaración de Principios y el Programa de Acción, así como la manifestación de ideas o críticas propias del contexto político para propiciar el debate en esta materia.

De igual forma, en los promocionales de radio y televisión es válido que se incluyan referencias a temas de interés general y con carácter informativo, siempre y cuando no se haga uso explícito de llamados a votar, a favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas y la plataforma electoral del partido político que difunde el promocional.

El INE, resaltó también, que la alusión genérica al cambio o continuidad de una política pública, no supone una afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral, en tanto que no es un llamamiento al voto. 

De igual forma se permite la difusión de cuestionamientos o logros de la actividad gubernamental. En tal caso, el promocional no debe hacer mención ni identificar a una candidatura o partido político, a fin de posicionarlo de forma negativa o positiva.

Actos anticipados de campaña durante la intercampaña

El Instituto Nacional Electoral, precisó que para que una acción constituya un acto anticipado de campaña, se deben colmar tres requisitos:

  • Un elemento personal: que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos;
  • Un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas;
  • Un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener el sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.

Los programas de opinión y las mesas de análisis político en la intercampaña

Durante este periodo, la libertad de expresión de las y los precandidatos, así como de las candidaturas, al igual que el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento.

Los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.

De acuerdo con criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las precandidaturas o candidaturas pueden asistir a actos privados y reuniones en los que expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto ni se incurra en actos anticipados de campaña, el objetivo es asegurar la equidad en la contienda electoral.

(Fotos INE)