Quedarían en libertad 68 mil presuntos delincuentes si la SCJN elimina la prisión preventiva oficiosa: Segob
De los 68 mil presos que enfrentan la prisión preventiva oficiosa, 11 mil 640 están acusados de homicidio, 7 mil 150 de secuestro, 5 mil 617 de violación, cuatro mil 13, de narcotráfico y narcomenudeo, 3 mil 800 de portación de armamento y explosivos, mil 405 de feminicidio, mil 273 de abuso infantil y corrupción de menores y 405 de delincuencia organizada. De eliminarse esta medida pondría en riesgo a los testigos, a las víctimas, al personal policíaco y de las fiscalías locales, así como a los propios juzgadores, al tiempo que crece la posibilidad de la comisión de nuevos delitos, afirma la secretaria de Gobernación, Luisa maría Alcalde Luján
Redacción Círculo Rojo
Eliminar la prisión preventiva de oficio dejaría en libertad a 68 mil presuntos delincuentes en el país, alertó la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, al exponer la preocupación del Gabinete de Seguridad del Gobierno de México sobre la decisión al respecto que tomarán en próximas semanas ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Precisó que de dicho total, 11 mil 640 están acusados de homicidio, 7 mil 150 de secuestro, 5 mil 617 de violación, cuatro mil 13, de narcotráfico y narcomenudeo, 3 mil 800 de portación de armamento y explosivos, mil 405 de feminicidio, mil 273 de abuso infantil y corrupción de menores y 405 de delincuencia organizada.
En la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, la responsable de la política interna de nuestro país, afirmó que la liberación de estas personas bajo prisión preventiva, pondría en riesgo a los testigos, a las víctimas, al personal policíaco y de las fiscalías locales, así como a los propios juzgadores, al tiempo que crece la posibilidad de la comisión de nuevos delitos.
Se trata de individuos que presuntamente están asociados a grupos del crimen organizado y que cuentan con capacidad económica y operativa, incluso con alto riesgo de darse a la fuga, refirió.
De manera adicional, Alcalde Luján planteó que esta posible medida representaría una carga excesiva para autoridades, fiscalías y juzgados, lo que aumentaría aún más los tiempos en los procesos judiciales.
Ante los representantes de los medios de comunicación, señaló que la decisión de ministros y ministras de la Corte también vulneraría la soberanía nacional, pues la existencia de organismos internacionales no implica que los Estados renuncien a su soberanía ni a su derecho a autodeterminarse.
De acuerdo con una carta enviada el pasado viernes 12 de abril por el Gabinete de Seguridad a la Suprema Corte, entre las entidades federativas más afectadas por la posible determinación de la SCJN destaca el Estado de México, donde hay 21 mil 718 personas en prisión preventiva oficiosa.
El número es tan alto precisamente porque la problemática está vinculada a la enorme tardanza de los propios jueces y de la cantidad de recursos y amparos que hacen que todos estos procesos duren mucho tiempo en resolverse. Ese asunto debe atacarse por el propio Poder Judicial, la enorme tardanza de los procesos y las resoluciones, indicó la titular de la Segob.
Destacó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 19, segundo párrafo, que las personas acusadas de cometer delitos de alto impacto deberán llevar su proceso bajo prisión preventiva con el propósito de garantizar que el acusado comparezca a juicio y salvaguardar la seguridad de las víctimas y de los testigos.
Informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación propone invalidar el artículo 19 constitucional y ordenar a todos los jueces del país inaplicar la prisión preventiva de oficio. El argumento es planteado a partir de una resolución emitida en enero de 2023 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instancia judicial que pertenece a la Organización de Estados Americanos (OEA), que condena a México y resuelve que se deben adecuar las leyes para eliminar la prisión preventiva, incluyendo la Constitución.
Cuando una norma internacional se opone a una norma constitucional, debe prevalecer siempre nuestra Constitución. El artículo 9 de la Ley sobre la Celebración de Tratados señala que México no puede reconocer resoluciones de organismos internacionales cuando esté de por medio la seguridad del Estado, el orden público o cualquier otro interés general de la nación, precisó.
Aunque la resolución por parte de la Corte Interamericana obliga al Estado mexicano en su conjunto, Alcalde Luján mencionó que la SCJN atrajo la sentencia oficiosamente a fin de interpretarla y ordenar unilateralmente cómo México debe darle cumplimiento sin que se tome en cuenta otras instituciones como el Congreso de la Unión, el cual también debería analizar estas modificaciones.
Hacemos un llamado a la Corte a respetar la Constitución, respetar la división de poderes, no excederse en sus facultades, considerar las graves consecuencias que eliminar la prisión preventiva oficiosa tendría para la seguridad nacional en las circunstancias actuales y que valoren atacar mejor uno de los problemas de fondo, que es la enorme tardanza de las resoluciones de sus asuntos que hemos denunciado en este espacio en múltiples ocasiones, expresó.
La secretaria de Gobernación, advirtió que el pleno de la región Centro Norte, que comprende 18 estados, emitió una jurisprudencia que ordena a todos los jueces a conceder suspensiones de amparo que promueven las personas que tienen órdenes de aprehensión por delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Es decir, los juzgados penales se adelantaron a la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al decidir unilateralmente un asunto que aún no está resuelto por el Estado mexicano, detalló la titular de la Segob.
(Fotos lopezobrador.org.mx)