Suprema Corte rechaza proyecto de la ministra Batres contra amparo que impide la desaparición de 13 fideicomisos del Poder Judicial
“En este caso se trata de una extra limitación de la jueza en la materia y más aún, en esta suspensión otorgada de manera excesiva, considero que se hizo en perjuicio del interés social y contraviniendo el orden público, dado que la jueza priorizó intereses propios que los de la población al impedir que los recursos de los 13 fideicomisos se destinarán a atender los daños y desastres ocasionados por el huracán categoría 5 «Otis» en el estado de Guerrero, como dispuso el Congreso de la Unión mediante decreto de 25 de noviembre de 2023”, señaló la ministra Lenia Batres Guadarrama
Redacción Círculo Rojo
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), evitó hoy la desaparición de los 13 fideicomisos del Poder Judicial Federal (PJF) que en conjunto rebasan los 15 mil millones de pesos, y que debieron haberse destinado a atender la emergencia de ayuda a las personas damnificadas por el huracán Otis en el estado de Guerrero, denunció este miércoles la ministra Lenia Batres Guadarrama.
La también hermana del jefe de Gobierno de la Ciudad de México, detalla que por cuatro votos contra uno, se rechazó su proyecto, en el que establecía improcedente conceder una suspensión definitiva con efectos generales del decreto presidencial publicado en Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de octubre de 2023, respecto a la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).
Sostuvo que no es posible –en el sistema del juicio de amparo– conceder suspensiones con efectos generales. Es decir, no se puede proteger a personas que no acudieron al amparo otorgado el 13 de noviembre del 2023, por la jueza Segundo de Distrito en el Estado de Morelos, al magistrado en retiro Filiberto Javier Mijangos Navarro, y en contra de la desaparición de los fondos aprobada por diputados y senadores en octubre del año pasado, y mucho menos mediante un auto de suspensión que se irradie más allá de los sujetos procesales (salvo los casos de interés legítimo en los que se defienden derechos económicos, ambientales, sociales y culturales).
En este caso se trata de una extra limitación de la jueza en la materia y más aún, en esta suspensión otorgada de manera excesiva, considero que se hizo en perjuicio del interés social y contraviniendo el orden público, dado que la jueza priorizó intereses propios que los de la población al impedir que los recursos de los 13 fideicomisos se destinarán a atender los daños y desastres ocasionados por el huracán categoría 5 «Otis» en el estado de Guerrero, como dispuso el Congreso de la Unión mediante decreto de 25 de noviembre de 2023, señaló la ministra Batres al plantear su proyecto ante la y los ministros de la Segunda Sala del Máximo Tribunal.
Yo estoy a favor de revocar la suspensión otorgada de manera incorrecta por una jueza respecto del uso de este fideicomiso a cargo del Consejo de la Judicatura Federal. En primer lugar, porque el quejoso no tiene interés jurídico en ese tema, porque la suspensión definitiva no puede otorgarse en este caso, dado que la protección pretendida ya se otorgaba mediante el artículo tercero transitorio impugnado, protegiendo derechos adquiridos de las y los trabajadores del Poder Judicial, agregó.
Resaltó que los derechos adquiridos de los trabajadores en activo y jubilados del PJF están protegidos por el artículo tercero transitorio del
Decreto que ordenó desaparecer estos fideicomisos, por lo cual la medida no le causa daño alguno al promovente del amparo, el magistrado en retiro Mijangos Navarro.
En su alocución, la ministra Lenia Batres, precisó que la suspensión que otorgó la jueza de distrito no protegió solamente los fideicomisos destinados al pago de pensiones complementarias de Magistrados y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, y los Apoyos Médicos Complementarios y de Apoyo Económico Extraordinario para los Servidores Públicos.
Resaltó que la jueza Segundo de Distrito en el Estado de Morelos, extendió su protección mediante suspensión incluso a los fideicomisos cuya desaparición no fue reclamada por el quejoso, por ejemplo, a fideicomisos para:
- Mantenimiento de casa habitación de Magistrados y Jueces
- Pensiones complementarias para mandos superiores
- Fondo Mixto de Cooperación Técnica y Científica
México-España - Fondo Jurica
- Remanentes presupuestales
- Apoyos Médicos Complementarios Y de Económico Extraordinario para los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación
- Pensiones Complementarias de Magistrados y Jueces Jubilados
- Fideicomiso para el Desarrollo de Infraestructura que Implementa las Reformas Constitucionales Materia de Justicia Federal
- Fondo para la Administración de los Recursos Provenientes de Sentencias que Deriven de las Acciones Colectivas Difusas
- Pensiones complementarias para mandos medios y personal operativo
- Manejo del producto de la venta de publicaciones CD’s y otros proyectos
En lo que hace específicamente al quejoso (magistrado en retiro Filiberto Javier Mijangos Navarro), esta resolución le permitirá seguir percibiendo una pensión por retiro que el año pasado rebasó el millón de pesos, señaló en su comunicado la ministra.
La ministra Yasmín Esquivel, y los ministros Luis María Aguilar, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek,manifestaron su voto en contra del proyecto de la ministra Lenia Batres sobre el decreto presidencial publicado el 27 de octubre de 2023, por lo que al ser rechazado, el asunto (revisión en incidente de suspensión 1/2024) fue returnado al ministro Luis María Aguilar, quien deberá presentar una nueva propuesta de resolución en el sentido señalado por la mayoría, es decir, mantener la suspensión que evita la desaparición de los 13 fideicomisos.
(Fotos SCJN)