Tribunal Electoral demandará a juez por entrometerse en asuntos propios del órgano jurisdiccional

Este lunes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechaza la competencia del Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Rodrigo de la Peza López Figueroa para ordenar el nombramiento en 24 horas a dos magistrados provisionales para completar el Pleno de este órgano jurisdiccional integrado actualmente sólo por cinco de los siete que conforman la Sala Superior; la máxima autoridad en materia electoral acuerda no dar trámite a este resolutivo y denunciará penalmente al togado ante la Fiscalía General de la República (FGR), además de presentar una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF)

De manera categórica, los magistrados rechazan el infundado actuar del juez Rodrigo de la Peza López Figueroa, “al pretender imponer, por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la ley orgánica y el propio reglamento, las determinaciones que, para el adecuado funcionamiento de este órgano, competencialmente atañen exclusivamente a la Sala Superior”

Redacción Círculo Rojo

Luego de que el Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Rodrigo de la Peza López Figueroa, ordenó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) nombrar en 24 horas a dos magistrados provisionales para completar el Pleno de este órgano jurisdiccional, la máxima autoridad en materia electoral acordó no dar trámite a este resolutivo y denunciar penalmente al togado ante la Fiscalía General de la República (FGR), además de presentar una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

Este lunes, el Tribunal emitió un acuerdo mediante el cual rechaza la competencia del Juez para imponer medidas cautelares dentro del incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 969/2024, toda vez que se considera que los dos magistrados faltantes, de los siete que integran la Sala Superior, es materia electoral.

Asimismo, en la sesión convocada por la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, en la que participaron las cinco magistraturas, dicho órgano estimó que las medidas anunciadas por el Juez Noveno de Distrito son injustificadas y excesivas.

De manera categórica, los magistrados rechazaron el infundado actuar del juez Rodrigo de la Peza López Figueroa, al pretender imponer, por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la ley orgánica y el propio reglamento, las determinaciones que, para el adecuado funcionamiento de este órgano, competencialmente atañen exclusivamente a la Sala Superior.

Precisó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación  se conduce en estricto apego a la Constitución Mexicana y las leyes que de ella emanan y, con estas acciones, refrenda su compromiso institucional ante los mexicanos. Recordó que en el artículo 99 de la Carta Magna se define a este Tribunal como la máxima autoridad judicial en materia electoral.

Desacato, una conducta delictiva

En su ordenamiento, el Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Rodrigo de la Peza López Figueroa, quien se desempeñó como secretario de estudio y cuenta de la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, advierte que de no cumplirse la sentencia en 24 horas, impondría a cada magistrada y magistrado, una multa de 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), equivalentes a poco más de cinco mil pesos, y les recuerda que el desacato puede actualizar una conducta delictiva 

La sentencia del togado, obedece a interpretación erróneo –en sentido contrario– a la suspensión promovida por la organización Comisión Mexicana de Derechos Humanos respecto a las dos vacantes en el Pleno del TEPJF, que permitiría la integración completa de la Sala Superior, al incorporar, temporalmente, a personal de las Salas Regionales de mayor antigüedad o edad, consideradas como decana, las cuales deben ser sometidas a la aprobación del Pleno del mismo Tribunal Electoral.

Sin embargo, dos de las cinco magistraturas que cumplen con la calidad de mayor antigüedad, han sido señaladas por sus cercanías políticas con el panismo calderonista; una más a la actual magistrada Janine Otálora Malassis; otra al magistrado Felipe de la Mata Pizaña; y el quinto al magistrado electoral, Felipe Fuentes Barrera.

En su solicitud, la Comisión Mexicana de Derechos Humanos buscaba el Senado de la República cumpliera el ordenamiento de designar a los dos magistrados faltantes, y/o en su defecto que se le permitiera a la Sala Superior declarar la validez de la elección presidencial sólo con las cinco magistraturas en funciones.

Juicio Madre del proceso electoral

En este contexto, el pasado 19 de junio, el Tribunal Electoral informó que a más tardar el 6 de septiembre se declarará la validez de la elección presidencial del 2 de junio y entregará la constancia de Presidenta Electa a Claudia Sheinbaum Pardo.

Consideraron la actual integración de la Sala Superior, la magistrada presidenta del Tribunal, Mónica Soto Fregoso, detalló ese día que la Comisión de Sustanciación analizará los tres recursos legales que se presentaron contra la elección presidencial: uno de los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), otro del Revolucionario Institucional (PRI), y un tercero de la candidata de la coalición Fuerza y Corazón por México, Xóchitl Gálvez Ruiz.

Precisaron que el llamado Juicio Madre del proceso electoral quedará en manos de la recién creada Comisión de Sustanciación al elaborar el proyecto de calificación de la Jornada Presidencial, y que estará integrada por los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata,

Efectivamente el análisis del expediente de Presidencia de la República llevará al análisis de las pruebas y en su caso al desahogo, pero para eso tenemos que comenzar con la identificación de las pruebas, las lecturas de las 6 mil páginas, son seis mil solo de una demanda, refirió el magistrado De la Mata Pizaña. 

Precisó que como lo establece la Ley, para la declaración de la validez de la elección presidencial, se requiere de un mínimo de seis magistraturas, por lo que llamarán a un magistrado o magistrada de las salas regionales, dado que actualmente la Sala Superior está compuesta sólo por cinco personas.

(Fotos TEPJF)

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