Cámara de Diputados aprueba reformas sobre pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos
Con lo aprobado se reconoce a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y con respeto irrestricto a sus derechos humanos. Considera una nueva constitución de los pueblos y comunidades indígenas dentro del texto de la Carta Magna. Hace mención que la nación mexicana tiene una composición multiétnica. Los pueblos y comunidades indígenas, podrán participar, en términos del artículo 3º constitucional, en la construcción de los modelos educativos para reconocer la composición pluricultural de la nación con base en sus culturas, lenguas y métodos de enseñanza y aprendizaje
Redacción Círculo Rojo
Con la mayoría calificada de 483 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó en lo particular este miércoles 18 de septiembre, el dictamen que reforma, adiciona y deroga el artículo 2° de la Constitución Política, en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.
El diputado de Morena, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva del Recinto Legislativo de San Lázaro, remitió el documento al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Con lo aprobado se reconoce a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y con respeto irrestricto a sus derechos humanos. Considera una nueva constitución de los pueblos y comunidades indígenas dentro del texto de la Carta Magna.
Hace mención que la nación mexicana tiene una composición multiétnica. Los pueblos y comunidades indígenas, podrán participar, en términos del artículo 3º constitucional, en la construcción de los modelos educativos para reconocer la composición pluricultural de la nación con base en sus culturas, lenguas y métodos de enseñanza y aprendizaje.
También, desarrollar, practicar, fortalecer y promover la medicina tradicional, así como la partería para la atención del embarazo, parto y puerperio. Se reconoce a las personas que las ejercen, incluidos sus saberes y prácticas de salud.
Las personas indígenas tendrán, en todo tiempo, el derecho a ser asistidas y asesoradas por personas intérpretes, traductoras, defensoras y peritas especializadas en derechos indígenas, pluralismo jurídico, perspectiva de género y diversidad cultural y lingüística.
Reconoce y asegura el derecho de las mujeres indígenas y afromexicanas a participar de manera efectiva y en condiciones de igualdad en los procesos de desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, en la toma de decisiones de carácter público, en la promoción y respeto de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a la propiedad y a la posesión de la tierra y demás derechos humanos.
Garantiza el derecho de la niñez, adolescencia y juventud indígena y afromexicanos a una atención adecuada en sus propias lenguas para hacer efectivo el conocimiento y ejercicio pleno de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a las tecnologías, al arte, la cultura, el deporte y la capacitación para el trabajo, entre otros.
El dictamen deriva de una iniciativa que el Ejecutivo federal presentó el pasado 5 de febrero y diversas propuestas de diputadas y diputados en la anterior Legislatura.
En lo particular, quedaron en términos del dictamen las propuestas de modificación al artículo 2º del proyecto de decreto y a los artículos transitorios: Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo y Noveno.
Durante la discusión, diputadas y diputados de Morena, PAN, PT, PRI y MC, presentaron diversas reservas, las cuales fueron retiradas o no se aceptaron a discusión, por lo que fueron desechadas.
(Fotos Diputados)