Decisión del TEPJF contraria a lo que establece la Reforma Judicial: magistrada Molina de la Puente

“Será cada uno de los Poderes responsables de que haya candidaturas, entonces el hecho de que uno de los Poderes no allegue candidaturas al INE, la propia Constitución establece la consecuencia que es que ese poder no tenga candidaturas en la boleta. Esta resolución del Electoral, pues no tiene fundamento en el texto Constitucional, así lo veo yo, pero finalmente es lo que está sucediendo en este país donde tristemente estamos perdiendo el Estado de derecho y la democracia”, subraya la magistrada María Emilia Molina de la Puente, integrante del CEPJF, respecto a que la Mesa Directiva del Senado absorba las tareas del Comité de Evaluación del Poder Judicial

Integrante 27Ene

“No sabemos qué va a pasar en el Pleno de la Suprema Corte y bueno seguramente nos estaremos reuniendo los integrantes del Comité para tomar una decisión y también para saber qué dice la Suprema Corte”, refiere la magistrada María Emilia Molina de la Puente, integrante del CEPJF

Redacción Círculo Rojo

Sustituir al Comité de Evaluación del Poder Judicial (CEPJF) en el proceso de elección de candidatos a ocupar los cargos de jueces, ministros y magistrados, es una decisión contraria del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a lo que establece la propia Reforma al Poder Judicial y abona a la pérdida del Estado de derecho y la democracia, afirmó la magistrada María Emilia Molina de la Puente, integrante del CEPJF.

Será cada uno de los Poderes responsables de que haya candidaturas, entonces el hecho de que uno de los Poderes no allegue candidaturas al INE, la propia Constitución establece la consecuencia que es que ese poder no tenga candidaturas en la boleta. Esta resolución del Electoral, pues no tiene fundamento en el texto Constitucional, así lo veo yo, pero finalmente es lo que está sucediendo en este país donde tristemente estamos perdiendo el Estado de derecho y la democracia, subrayó respecto a que la Mesa Directiva del Senado sea la encargada de definir los candidatos que correspondía a dicho Comité.

Molina de la Puente, indicó que la decisión del Tribunal Electoral se dio de manera oficiosa sin tomar en cuenta lo dicho por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el ejercicio de su facultad de atracción prevista en el Artículo 11 de la Ley Orgánica, ni la medida cautelar concedida a dicho Comité.

No sabemos qué va a pasar en el Pleno de la Suprema Corte y bueno seguramente nos estaremos reuniendo los integrantes del Comité para tomar una decisión y también para saber qué dice la Suprema Corte, dijo.

Al  pedir a la sociedad a mantenerse informada ante este inédito proceso de Elección Judicial, la magistrada refirió que ojalá que la gente se interese como estamos en estos momentos, porque no sólo es la destrucción del Estado de derecho, sólo para temas de Reforma Judicial, sino que es un problema de la destrucción del Estado de Derecho para la justicia de todos y todas, y sobre todo, por supuesto de las personas más vulnerables, quienes necesitan el acceso a la justicia de forma imparcial, independiente y autónoma

Colectivo Artículo 41 rechaza decisión del TEPJF

En este contexto, integrantes del colectivo Artículo 41 denunciaron que a la cadena de ilegalidades que se han registrado en la implementación de la Reforma Judicial, se sumó este lunes 27 de enero la decisión del Tribunal Electoral de que el Senado de la República absorba las funciones del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, que suspendió sus trabajos por orden de dos Juzgados de Distrito.

En la conferencia matutina de los jueces de este lunes, el magistrado Juan José Olvera López explicó que esta resolución se dio después de que el CEPJF solicitó a la Suprema Corte determinar si debe hacer caso a las suspensiones de Amparo o al Tribunal Electoral que le ordenó el pasado miércoles continuar con los procesos de selección y evaluación de aspirantes a la elección de personas juzgadoras.

Está ignorando que el máximo Tribunal del país en el Poder Judicial de la Federación es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal es la última instancia en materia electoral, sin duda pero en este conflicto lo que se tiene que resolver es si el tema es realmente electoral o también implica otras materias, ese es el debate, el Tribunal Electoral en este conflicto es parte y se está asumiendo como una institución que está al margen de la competencia, por encima o afuera de la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, afirmó el magistrado de Circuito del PJF, Juan José Olvera López.

Lamentó que el Tribunal Electoral también haya determinado que en caso de que la Suprema Corte no apruebe los listados que le envíe el Senado, después de la insaculación de los aspirantes que se inscribieron en el Comité de Evaluación del Poder Judicial, este órgano legislativo podrá remitir al INE, de manera directa, las candidaturas ganadoras en la tómbola.

La Constitución dice si la Corte no manda se entiende que no va nadie, esta pretensión dice si la Corte no manda se entiende que van los que el Senado quiso, esa es otra ilegalidad más en esta cadena, otro despropósito claro: ir en contra de la Reforma con tal de sacar adelante la Reforma subrayó Olvera López. 

Las y los magistrados destacaron que otra ilegalidad es el mapa electoral que publicó el INE la semana pasada, el cual contiene Distritos Electorales Judiciales con los que un ciudadano podría votar por un juez que no sea el que resuelva sus asuntos en el futuro.  

SCJN admite solicitud del CEPJF

Cabe destacar que el pasado viernes 24 de enero, la Suprema Corte admitió a trámite la solicitud del Comité de Evaluación del Poder Judicial, en la que pide al alto tribunal, resolver la controversia al interior de dicho órgano jurisdiccional, respecto a la posibilidad de suspender judicialmente las actividades relacionadas con el proceso electoral extraordinaria 2024-2025.

El asunto fue turnado al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien tiene a su cargo dos asuntos más relacionados con el tema.

En su solicitud, el CEPJF señala que se encuentra imposibilitado para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral, que le ordena reanudar el proceso de evaluación de aspirantes.   

Refiere que se encuentra en estado de acatamiento a las interlocutorias de suspensión, dictadas por los Juzgados Primero de Distrito con residencia en Michoacán y Sexto de Distrito en materia Administrativa en el estado de Jalisco, que le ordena suspender cualquier acto relacionado con la implementación de la Reforma Constitucional en materia del Poder Judicial, por lo que solicitó a la Corte defina cuál es la vía para controvertir las medidas cautelares dictadas en los Juicios de Amparo, si los recursos previstos en la Ley de Amparo o alguno de los medios previstos en la jurisdicción electoral.

(Fuente Canal Judicial)