“Pinchazos”: delito que se castigará con cárcel de 2 a 5 y hasta 7.5 años, si hay agravantes

Asimismo, se podrán establecer penas de hasta 7 años y medio de cárcel si se incurre en agravantes. Entre estos, se incluye que la sustancia administrada sea psicotrópica, narcótica o tóxica y ponga en peligro la vida o la salud de la víctima; que ésta sea menor de edad, mujer o persona con discapacidad, adulta mayor o de algún grupo de atención prioritaria; o que el hecho ocurra en medios de transporte público, instalaciones públicas o eventos de concurrencia masiva, entre otras especificaciones

Pinchazos 29May1

Se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a trescientos días de multa, a quien, sin el consentimiento de una persona, le administre, introduzca, suministre o aplique cualquier sustancia, de manera subrepticia o mediante engaño

Redacción Círculo Rojo

El Congreso de la Ciudad de México aprobó, con 60 votos a favor y 3 en contra, la iniciativa de reforma al Código Penal para sancionar las agresiones mediante pinchazos y otras formas de suministrar sustancias de forma subrepticia o mediante engaño, así como el vertido de drogas en bebidas alimentos.

De acuerdo con la reforma, quienes incurran en este delito, que se perseguirá de oficio, podrán recibir penas de entre 2 y 5 años de prisión, además de multas que van de los 13 mil 900 pesos hasta los 83 mil 640.

Al presentar la iniciativa, Alberto Martínez Urincho, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, señaló la necesidad de tipificar esta conducta, ante el incremento de las denuncias por pinchazos en el Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro y otros espacios públicos.

La falta de un tipo penal autónomo limita la capacidad de autoridades para investigar y sancionar de manera efectiva estas conductas al depender de figuras jurídicas que no fueron diseñadas para atender estas nuevas modalidades delictivas. En consecuencia, es indispensable contar con un tipo penal específico a fin de robustecer la protección jurídica de las víctimas de pjnchazos y orientar la sanción de las personas encargadas de la procuración de la justicia, destacó.

La reforma, que fue elaborada a partir de la iniciativa que envió la jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, añade al Código Penal el capítulo administración subrepticia de sustancias para sancionar a quien administre, introduzca, suministre o aplique cualquier sustancia, de manera subrepticia o mediante engaño, ya sea por vía oral, intravenosa, dérmica o de cualquier otra índole.

Asimismo, podrán establecerse penas de hasta 7 años y medio de cárcel si se incurre en agravantes. Entre estos, se incluye que la sustancia administrada sea psicotrópica, narcótica o tóxica y ponga en peligro la vida o la salud de la víctima; que ésta sea menor de edad, mujer o persona con discapacidad, adulta mayor o de algún grupo de atención prioritaria; o que el hecho ocurra en medios de transporte público, instalaciones públicas o eventos de concurrencia masiva, entre otras especificaciones.

(Fuente SPR)