Tribunal Electoral confirma que AMLO debe abstenerse de promocionar el proceso de Revocación de Mandato

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en sesión privada, advierte una conducta reiterada y sistemática por parte del presidente López Obrador, consistente en utilizar las conferencias matutinas para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente

El Presidente debe apegarse a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocionar el ejercicio de democracia participativa del próximo 10 de abril en cualquiera de sus presentaciones públicas

Redacción Círculo Rojo

Por unanimidad de votos, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), llamó al presidente Andrés Manuel López Obrador a abstenerse de promocionar el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus apariciones públicas.

En sesión privada, confirmó el acuerdo ACQyD-INE-13/2022 en el que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), declaró procedente el dictado de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva.

El pasado 4 de febrero, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció al presidente López Obrador, derivado de diversas expresiones con motivo de la conferencia matutina del 2 de febrero de 2022. Lo anterior, al considerar que dichas declaraciones implicaban indebido uso de recursos públicos y la ilegal promoción del proceso de Revocación de Mandato.

El PRD, bajo la figura de tutela preventiva, solicitó que se conminara al Presidente de la República para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione el ejercicio de democracia participativa del próximo 10 de abril en cualquiera de sus presentaciones públicas. El INE determinó en su momento procedente la medida cautelar solicitada.

El titular del Ejecutivo federal, el Coordinador General de Comunicación Social, el Vocero del Gobierno de la República, el Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, y el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE.

A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el TEPJF confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte del presidente López Obrador, consistente en utilizar las conferencias matutinas para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente.

(Fotos lopezobrador.org.mx)