Juez declara inconstitucional la Ley Federal de Austeridad Republicana
El Congreso de la Unión no cuenta con facultades expresas ni implícitas para legislar en materia de austeridad republicana, el juez Segundo del Centro Auxiliar de la Primera Región, Abel Méndez, determina que la “Ley Federal de Austeridad Republicana” es inconstitucional, y en consecuencia la restricción de 10 años para que ex servidores públicos puedan desempeñar algún cargo en el sector privado, es excesiva “porque las y los servidores públicos que ocupan cargos de mando superior difícilmente podrán emplearse fuera del sector público en una actividad distinta a la que usualmente desempeñan”
Redacción Círculo Rojo
Al subrayar que el Congreso de la Unión no cuenta con facultades expresas ni implícitas para legislar en materia de austeridad republicana, el juez Segundo del Centro Auxiliar de la Primera Región, Abel Méndez, determinó inconstitucional la Ley Federal de Austeridad Republicana y en consecuencia la restricción de 10 años para que ex servidores públicos puedan desempeñar algún cargo en el sector privado, es excesiva.
El impartidor de justicia, precisó que la Austeridad Republicana es una política de Estado que debe estar prevista en la Constitución y, a través de ella, habilitar al Congreso para legislar al respecto.
El decreto reclamado no se encuentra debidamente fundado y motivado, habida cuenta que el Congreso de la Unión no cuenta con facultades expresas ni implícitas para legislar en materia de Austeridad Republicana, dijo.
Sobre el plazo de 10 años, previsto en el artículo 24 de la ley, lo consideró excesivo porque las y los servidores públicos que ocupan cargos de mando superior difícilmente podrán emplearse fuera del sector público en una actividad distinta a la que usualmente desempeñan, por lo que concedió el primer amparo contra esta ley a un ex funcionario del sector financiero al que la Sociedad Financiero de Objeto Múltiple (Sofom) le negó un empleo en septiembre de 2021.
La disposición reclamada, dijo, es violatoria de los derechos a la libertad de trabajo, a un salario digno y a un plan de vida, habida cuenta que, de entre un conjunto de opciones viables, la legislatura optó por la medida más deletérea en perjuicio de los derechos de la parte quejosa: El concepto de violación es fundado y suficiente para conceder el amparo y protección de la justicia federal, acotó.
El juez Abel Méndez, advirtió que el Gobierno federal todavía puede apelar la sentencia judicial ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que tiene previsto discutir en mayo próximo una acción de inconstitucionalidad interpuesta por las y los diputados del bloque opositor, señaló.
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