INER debe informar sobre conveniencia de vacuna anticovid de Pfizer en niñas y niños: INAI
“Estimo que el tema del caso concreto es de mayor significancia, pues el documento requerido da cuenta de una opinión científica respecto de la aplicación de la vacuna Pfizer en contra de la Covid-19, pero en niños, lo cual permitirá que la sociedad esté informada en cuanto a los beneficios que se puedan obtener con la aplicación de la misma, y con ello reducir la enfermedad epidemiológica y contagios que se han presentado entre niños y niñas”, puntualizó la comisionada Josefina Román Vergara
Por: Martín Velasco
El Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas, deberá entregar versión pública del oficio emitido por el Director de Investigación del INER, en torno a la conveniencia de aplicar la vacuna contra la Covid-19 de Pfizer-BioNTech a menores de 5 a 11 años, ordenó este lunes el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Josefina Román Vergara, advirtió que el documento requerido da cuenta de una opinión científica respecto de la aplicación de la vacuna PfizerBioNTech contra la Covid-19 en niños, lo que permitirá que la sociedad esté informada en cuanto a los beneficios que se puedan obtener con la aplicación de la misma, y con ello reducir la enfermedad epidemiológica y los contagios que se han presentado entre niños y niñas.
Román Vergara, comentó que en nuestro país, la Constitución prevé como principio que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral y, bajo este principio, se realizará el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Recordó que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, señala que las autoridades de los tres niveles de gobierno se coordinarán para fomentar y ejecutar los programas de vacunación y el control de la niñez y adolescencia sana para vigilar su crecimiento y desarrollo en forma periódica.
De esta manera, el INAI revocó la respuesta del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, , a fin de que asuma competencia y entregue al solicitante la versión pública del oficio solicitado e identificado con la terminación 254/2021, del 17 de diciembre de 2021.
Precisó que únicamente se podrá testar el nombre de la quejosa; así como la resolución del Comité de Transparencia en la que se confirme la clasificación de ese dato.
(Fotos Twitter)