Por extinción de dominio, FGR quita a Caro Quintero cinco inmuebles
Al advertirse que se reunían los elementos constitucionales y reglamentarios para ejercer la acción de extinción de dominio, se dio vista a la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED), dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR), de la FGR, y una vez agotado el procedimiento jurisdiccional en todas sus etapas la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio dictó sentencia favorable al Estado mexicanos, ya que Estados Unidos reclamaba los inmuebles
Redacción Círculo Rojo
Cinco inmuebles del narcotraficante Rafael Caro Quintero, fueron decomisados a favor del Estado mexicano. La Fiscalía General de la República (FGR) detalló que una vez reunidos los elementos constitucionales y reglamentarios para ejercer la acción de extinción de dominio, la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, dictó sentencia en contra de fundador y líder del extinto Cártel de Guadalajara.
La FGR detalló que el 25 de octubre de 2019, se presentó ante la Dirección General de Procedimientos Internacionales una petición del Director de la División Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, a través del cual solicitó asistencia jurídica internacional para el decomiso de inmuebles que se encuentran en Zapopan, Jalisco, respecto de los cuales se demandó la extinción de dominio en la Corte de Distrito Este de Nueva York, toda vez que fueron adquiridos con recursos procedentes de la venta de narcóticos.
Dicha solicitud consistía en que se diera publicidad a la demanda de extinción de dominio; se realizara notificación a los demandados; se tomaran las medidas necesarias para preservar los bienes asegurados y en su momento, en términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ejercitara la acción de extinción de dominio respecto de cinco inmuebles.
Al advertirse que se reunían los elementos constitucionales y reglamentarios para ejercer la acción de extinción de dominio, se dio vista a la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED), dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR), de la FGR.
En ese contexto, agotado el procedimiento jurisdiccional en todas sus etapas, la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México, dictó sentencia favorable mediante juicio oral, declarando judicialmente la extinción de dominio de los cinco bienes inmuebles, propiedad de Rafael Caro Quintero, a favor del Estado, afectando así las finanzas de la delincuencia organizada.
Por un supuesto error judicial Caro Quintero fue liberado por las autoridades mexicanas en 2013, tras pasar 28 años en prisión por el homicidio del agente de la DEA Enrique Kiki Camarena Salazar y del piloto mexicano Alfredo Avelar.
Una corte de apelaciones emitió una orden de libertad y, aunque posteriormente la resolución fue revertida, ya era demasiado tarde: el capo se esfumó a bordo de un vehículo al pisar tierra fuera de la cárcel.
Pero el 15 julio pasado, al regresar a la vida delictiva y crear el Cártel de Caborca, fue recapturado por efectivos de la Secretaría de Marina en el municipio de Choix, en la sierra de Sinaloa, cerca del estado de Chihuahua, luego de haber sido olfateado entre matorrales por Max, un perro de la Armada de México.
Horas después de su captura, un helicóptero Black Hawk de la Marina, con 15 personas a bordo, se desplomó en la ciudad de Los Mochis, Sinaloa; el accidente murieron 14 personas.
(Fotos Twitter)