INAI presenta ante la SCJN, controversia constitucional por falta de nombramiento de comisionados

Ante la falta de nombramientos, se vulnera de manera directa el diseño institucional establecido por la Constitución para la integración del Pleno de este órgano autónomo, con lo cual se trasgrede el principio de colegialidad que lo caracteriza, y se inhabilitaría al INAI para sesionar válidamente, con lo cual no podría cumplirse a cabalidad con el mandato que la Constitución le encomienda, afectando los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, en perjuicio de todas y todos los mexicanos, subrayan comisionadas y comisionados

Por este medio de control constitucional, se muestra la firmeza de los comisionados en su compromiso con la garantía de los derechos fundamentales de acceso a la información y de protección de datos personales, aseguran

Por: Martín Velasco

A través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, promovió este lunes, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la controversia constitucional en la que demanda la falta de nombramientos para cubrir las dos vacantes del Pleno del INAI.

Explicó que así se muestra la firmeza de los comisionados en su compromiso con la garantía de los derechos fundamentales de acceso a la información y de protección de datos personales.

El INAI señaló que si bien, con la presentación de la controversia se busca la designación de los integrantes faltantes del Pleno, por el momento puede sesionar con mayoría simple, al tener sólo cuatro de los siete comisionados, por lo que confió en que la Suprema Corte hará efectiva su función jurisdiccional para preservar la garantía de los derechos fundamentales que tutela el Instituto de Transparencia.

Recordó que sin los nombramientos faltantes, se inhabilitaría al Pleno para sesionar de manera válida, y por tanto no podría cumplir a cabalidad con el mandato constitucional encomendado.

De tal suerte, que se afectaría los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, en perjuicio de los mexicanos. Además de que se vulneraría de manera directa el diseño institucional establecido por la Constitución para la integración del Pleno de ese órgano autónomo.

El INAI, precisó que por unanimidad, en sesión extraordinaria del pasado miércoles 15 de marzo, el Pleno aprobó presentar ante el Máximo Tribunal del país ese medio de control constitucional, tras la objeción, por parte del titular del Poder Ejecutivo, del nombramiento de Yadira Alarcón Márquez y Rafael Luna Alviso, quienes habían sido designados por el Senado de la República como integrantes de este organismo garante, en su sesión pública del 01 de marzo, lo que ocasionó que el Pleno del INAI se mantenga conformado con solo 5 integrantes.

A ello, se suma que el próximo 31 de marzo concluye su encargo el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, por lo que el Pleno del INAI quedaría solo con cuatro integrantes, es decir, sin el quórum legal necesario para sesionar, previsto en el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece que las sesiones solo serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco comisionados.

En este contexto, la comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena; las comisionadas Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, y los comisionados Francisco Javier Acuña Llamas y Adrián Alcalá Méndez, confían en que la SCJN hará efectiva su función jurisdiccional para preservar la garantía de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, así como el sistema de pesos y contrapesos del Estado mexicano, del cual forma parte el INAI.

(Fotos INAI)