Tribunal Electoral respalda resolución del INE respecto a que no hay evidencias del supuesto desvió de recursos de Notimex a Sheinbaum

“La autoridad (INE) consideró correctamente que estos no constituyen una transgresión en materia político electoral y que se trataba en una denuncia frívola, pues el denunciante sustentó su queja en notas periodísticas y una publicación en la red social X, sin aportar mayores elementos de prueba de los que se pudiera advertir la veracidad de los hechos denunciados”, expone el magistrado Fuentes Barrera en su proyecto

La acusación del PRD sustentada en notas periodistas y una publicación de la red social X, no constituyen evidencias sólidas del supuesto desvío del 20% de los recursos destinados a la liquidación laboral de los trabajadores de Notimex, para solventar los gastos de precampaña de la candidata Sheinbaum Pardo, resuelve el Tribunal Electoral

Redacción Círculo Rojo

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no hay evidencia sobre el presunto desvío de recursos de la Agencia de Noticias del Estado Mexicano para apoyar a la candidata presidencial de la coalición Seguimos Haciendo Historia, Claudia Sheinbaum Pardo, como lo había denunciado públicamente la ex directora de Notimex Sanjuana Martínez Montemayor.

En su proyecto de sentencia, el magistrado Felipe Fuentes Barrera, avaló la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE), que al considerar como frívola la acusación que presentó, sin pruebas, el Partidos de la Revolución Democrática (PRD) y su candidata a la presidencia Xóchitl Gálvez Ruiz, en cuanto a que los secretarios del Trabajo y de Gobernación, Marath Baruch Bolaños y Luisa María Alcalde Luján, respectivamente, exigieron el 20% de los recursos destinados a la liquidación laboral de los trabajadores de Notimex para solventar los gastos de precampaña de Sheinbaum Pardo.

La autoridad consideró correctamente que estos no constituyen una transgresión en materia político electoral y que se trataba en una denuncia frívola, pues el denunciante sustentó su queja en notas periodísticas y una publicación en la red social X, sin aportar mayores elementos de prueba de los que se pudiera advertir la veracidad de los hechos denunciados, expone el magistrado Fuentes Barrera en su proyecto.

En este contexto, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, consideró que pedirle al PRD que presenten pruebas que respalden los dichos de Sanjuna Martínez, ex directora de Notimex, sería imponerle una carga probatoria desproporcionada.

Declarar la queja como evidentemente ‘frívola’ es, para mí, constancia de que la Unidad Técnica no llevó a cabo sus funciones de investigación y sustanciación de la queja, apuntó la magistrada Janine Otálora Malassis.

Estimó, que la estimó que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE, debió desplegar su facultad de investigación, partiendo de los elementos que aportó el PRD; al no hacerlo, dejó de atender el principio de exhaustividad.

(Fotos TEPJF)