Juez conmuta prisión preventiva a Brenda Quevedo, detenida en 2007 en Estados Unidos por su presunta participación en el caso Wallace
En su resolución, el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, Alfredo Silva Juárez, establece que durante la prisión domiciliaria, Brenda Quevedo Cruz debe ser vigilada por la Policía Federal Ministerial, usar un localizador electrónico, cuyo costo correrá a cargo de la Fiscalía que lo solicitó, y tendrá prohibido salir sin autorización judicial de la zona conurbada de la Ciudad de México ni del país, además de que no puede ni debe comunicarse o acercarse a la víctima indirecta o a su domicilio, la señora Isabel Miranda de Wallace, presidenta de la Asociación Alto al Secuestro, y madre de la víctima, Hugo Alberto Wallace Miranda, ocurrido en julio de 2005
Redacción Círculo Rojo
Al considerar que la prisión preventiva por más de 15 años a la que estuvo sujeta, no es razonable y, por el contrario, resulta excesiva, este martes el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, Alfredo Silva Juárez, determinó cambiar la medida cautelar por arraigo domiciliario a Brenda Quevedo Cruz, acusada de participar, presuntamente, en el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace Miranda, ocurrido en julio de 2005.
En su resolución, la autoridad estableció que durante la prisión domiciliaria la acusada debe ser vigilada por la Policía Federal Ministerial, usar un localizador electrónico, cuyo costo correrá a cargo de la Fiscalía que lo solicitó, y tendrá prohibido salir sin autorización judicial de la zona conurbada de la Ciudad de México ni del país, además de no puede ni debe comunicarse o acercarse a la víctima indirecta o a su domicilio, la señora Isabel Miranda de Wallace, presidenta de la Asociación Alto al Secuestro,y madre de la víctima.
Lo anterior, en cumplimiento de la resolución del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Primer Circuito en el Toca Penal 176/2022 de fecha 21 de junio, en la que determinó el cese de prisión preventiva como medida cautelar impuesta, al considerar que no se justifica la prolongación de la prisión preventiva por tratarse de una medida excepcional y al no existir una necesidad actual y real para que la misma continúe, ya que los factores que en su momento la justificaron han variado con el transcurso el tiempo, señala el comunicado del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP).
Brenda Quevedo Cruz, fue detenida el 28 de noviembre de 2007 en Kentucky, Estados Unidos, y extraditada a México el 25 de septiembre de 2009, por la supuesta comisión de los delitos de delincuencia organizada y privación de la libertad en la modalidad de secuestro.
La dependencia del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), refiere que Brenda Quevedo es sobreviviente de actos de tortura sexual, ocurrida en el contexto de su detención y privación de la libertad, así como de violaciones que recientemente se acreditaron en la recomendación VG127/2023 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Actualmente, el caso de Quevedo Cruz se encuentra en
etapa de fondo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Se espera que Brenda Quevedo Cruz sea liberada en las próximas horas y siga su proceso fuera del Centro Federal de Readaptación Social femenil, ubicado en Coatlán del Río, Morelos, bajo la representación del Instituto Federal de la Defensoría Pública.
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