Secretaría de Salud, debe dar a conocer cifra de defunciones entre enero y septiembre de 2020: INAI

Al dar a conocer los datos de los registros de mortalidad del país, se renovará la confianza en las instituciones del Estado, y dotará de legitimidad y credibilidad a las políticas aplicadas para enfrentar los impactos sanitarios de la pandemia, precisa la presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena

En su resolución, el INAI rechaza que transparentar la información, vulneraría la esfera íntima de las personas, por lo que la Secretaría de Salud deberá proteger datos de identidad como el nombre, CURP, domicilios de residencia y de defunción

Por: Martín Velasco

Por instrucciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Secretaría de Salud (SSa) deberá revelar el número de decesos registrados entre el 1 de enero y el 10 de septiembre del año pasado, registrados en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED), pero sin dar a conocer la identidad de los fallecidos.

El INAI precisó en su resolutivo que algunos datos personales deberá protegerlos al entregar la información solicitada por un particular.

Al presentar el caso, la presidenta del Instituto, Blanca Lilia Ibarra Cadena, expuso que al dar a conocer los datos de los registros de mortalidad del país, se renovará la confianza en las instituciones del Estado, y dotará de legitimidad y credibilidad a las políticas aplicadas para enfrentar los impactos sanitarios de la pandemia.

El INAI en su resolución procedió a revocar la respuesta inicial de la Secretaría de Salud que clasificó como confidencial la base de datos del SEED, al argumentar que contiene datos personales sensibles obtenidos de los certificados de defunción y muerte fetal, por lo que darlos a conocer, vulneraría la esfera íntima de las personas.

Sin embargo, el Instituto Nacional de Transparencia precisó que la información capturada en el SEED no es definitiva, pues corresponde al INEGI concentrar, generar y publicar datos oficiales de mortalidad en el país, de manera anual, por lo que la Secretaría de Salud deberá entregar al peticionario la cifra de defunciones registradas, entre el 1 de enero al 10 de septiembre de 2020, y otra información registrada en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones, pero para ello deberá proteger datos por los cuales pueda identificarse a las personas, como son el nombre, CURP, domicilios de residencia y de defunción, entre otros.