FGR investigará al juez Aquiles Villaseñor por exonerar a Ramón Sosamontes de la Estafa Maestra

El juez Gustavo Aquiles Villaseñor no aceptó la responsabilidad penal de Ramón Sosamontes, ya que los contratos que suscribió con radio y Televisión de Hidalgo, en representación de la entonces titular de la Sedesol, Rosario Robles Berlanga, “eran legítimos”, y por lo tanto no le era aplicable la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a pesar de que RTH subcontrató a 17 personas físicas y morales para cumplir con el compromiso, lo que de acuerdo con dicha ley lo hace responsable, dice la FGR

Sosamontes 2Feb

Ramón Sosamontes Herreramoro, ex funcionario de la entonces Secretaría de Desarrollo Social, en representación de la entonces titular de la Sedesol, Rosario Robles Berlanga, firmó contratos con Radio y Televisión de Hidalgo (RTH)

Redacción Círculo Rojo

Al tiempo que denunciará ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) la resolución del juez de control, Gustavo Aquiles Villaseñor, de exonerar de responsabilidad penal en el caso de la llamada Estafa Maestra a Ramón Sosamontes Herreramoro, ex funcionario de la entonces Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), la Fiscalía General de la República (FGR) iniciará de inmediato una carpeta de investigación contra el impartidor de justicia adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México con sede en el Reclusorio Norte.  

La FGR informó que pesar de que el Ministerio Público Federal de viva voz, en la audiencia, le señaló a Aquiles Villaseñor que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público sí le era aplicable al investigado que en representación de la entonces titular de la Sedesol, Rosario Robles Berlanga, firmó contratos con Radio y Televisión de Hidalgo (RTH), ya que esta no tenía la capacidad técnica, material y humana para prestar el servicio, por lo que subcontrató a 17 personas físicas y morales en un porcentaje del 94.6% del importe del contrato original para cumplir con el compromiso, el juez no aceptó la responsabilidad penal de Sosamontes Herreramoro, ya que los contratos que suscribió eran legítimos.

Sin embargo, en su comunicado, la FGR señala que … los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley; no obstante, dichos actos quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización …

La FGR, refiere que también el Ministerio Publico le comunicó al Juez la preocupación de la Fiscalía respecto de su indebida interpretación a la citada Ley de Adquisiciones, que impide el esclarecimiento de los hechos denunciados, misma que era contraria a las múltiples determinaciones emitidas por sus homólogos en casos similares en donde sí se vinculó a proceso a los imputados.

A todo ello, no hubo una respuesta fundada y motivada del Juez, de conformidad con el criterio de esta Representación Social, manifestando únicamente al término de la audiencia, que ojalá y pronto la superioridad y los Magistrados de Circuito emitieran criterios orientadores que le dieran luz para determinaciones futuras, acotó al Representación Social de la Federación.

Por lo anterior y al considerar que la respuesta del juez Aquiles Villaseñor ofende el Derecho y la recta impartición de justicia, la FGR informó que dará vista al Consejo de la Judicatura Federal para los aspectos administrativos que correspondan; también apelará el auto de referencia; e iniciará de inmediato una carpeta de investigación, con base en el artículo 225 del Código Penal Federal, respecto a delitos cometidos contra la administración de justicia por servidores públicos, fundamentalmente, en lo que se refiere a las fracciones VI, VII y VIII de dicho ordenamiento, que señalan las responsabilidades específicas de carácter penal aplicables al caso.

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