STPS e IMSS, piden a empleadores reconocer Permiso COVID como incapacidad temporal para el trabajo
El Permiso COVID tiene efectos legales y administrativos equiparables a una incapacidad temporal, por lo que cuando un trabajador lo tramita se permite romper cadenas de contagio en los centros laborales. A la fecha hay centros de trabajo que se niegan a recibir el Permiso COVID, por lo que llamaron a los empleadores a ser solidarios con los trabajadores. Del 10 de enero al corte del 3 de febrero se han otorgado 314 mil 789 permisos a trabajadores portadores del virus SARS-CoV-2
Por: Martín Velasco
Los empleadores de todo el país deberán reconocer el Permiso COVID como incapacidad temporal para los trabajadores registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y que presenten síntomas respiratorios, de otra manera serán requeridos por las autoridades laborales, informaron de manera conjunta la Secretaría del Trabajo y el IMSS
Mediante un comunicado conjunto, ambas instituciones precisaron que del 10 de enero al corte del 3 de febrero se han otorgado 314 mil 789 permisos a trabajadores portadores del virus SARS-CoV-2.
Recalcaron que el Permiso COVID tiene efectos legales y administrativos equiparables a una incapacidad temporal, por lo que cuando un trabajador lo tramita se permite romper cadenas de contagio en los centros laborales.
Sin embargo, a la fecha hay centros de trabajo que se niegan a recibir el Permiso COVID, por lo que llamaron a los empleadores a ser solidarios con los trabajadores.
Recalcaron que con el Permiso COVID, el trabajador obtiene su incapacidad y el pago correspondiente en su cuenta bancaria, de manera fácil, rápida y sin necesidad de realizar traslados para cobrar el subsidio, lo cual ayuda a evitar salidas, aglomeraciones y cumplir con el resguardo domiciliario.
Ambas instituciones indicaron que es muy importante no acudir a los centros laborales o reuniones sociales si hay síntomas de Covid-19, a fin de no ser un riesgo de potencial contagio para otras personas.
(Fotos STPS)