No hay impedimento para modificar la Constitución e implementar el voto popular para designar ministros de la SCJN: Eduardo Andrade
“Estamos presenciando este conflicto evidente entre los poderes de la República y esto deriva de una responsabilidad que puede ser compartida. Hay responsabilidad en el Poder Judicial que ha incurrido en excesos que invaden las áreas de los otros poderes y ha empezado a desarrollar un activismo judicial que es peligroso para la justicia y para la política y por otro lado, el Poder Legislativo ha abierto en exceso las posibilidades de revisión jurisdiccional”, indica el político, jurista y ex legislador Eduardo Andrade Sánchez
Redacción Círculo Rojo
Eduardo Andrade Sánchez, político, jurista y ex legislador acusó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de realizar un activismo judicial que pretende decretar políticas públicas y que ha incurrido en excesos que invaden las áreas de los otros poderes.
Estamos presenciando este conflicto evidente entre los poderes de la República y esto deriva de una responsabilidad que puede ser compartida. Hay responsabilidad en el Poder Judicial que ha incurrido en excesos que invaden las áreas de los otros poderes y ha empezado a desarrollar un activismo judicial que es peligroso para la justicia y para la política y por otro lado, el Poder Legislativo ha abierto en exceso las posibilidades de revisión jurisdiccional, indicó.
Durante el segundo Conversatorio Participación Ciudadana para la Transformación del Poder Judicial, con el tema Marco constitucional y convencional para el ejercicio efectivo de los derechos políticos y de participación ciudadana en los temas de trascendencia nacional y en la dirección de los asuntos públicos, Andrade Sánchez recordó los casos en los que la SCJN ha dado su fallo y frenado reformas como la que se dio en materia eléctrica, la reforma electoral denominado Plan B, el caso de los comisionados del INAI, entre otros.
Dijo que este fenómeno se ha dado por la colonización ideológica que se ha introducido en la Constitución Política, contrapuestos al sentido original de lo planteado ahí.
La Carta Magna de 1917 hacía prevalecer lo social sobre lo individual, hacía prevalecer al Estado sobre el mercado, hacía prevalecer lo nacional sobre lo extranjero y hacía prevalecer lo secular sobre lo clerical y ahora en cada una de esas áreas se han introducido elementos ideológicos contrapuestos al sentido original de nuestra Constitución, precisó.
En ese sentido, partiendo de las premisas de que en una democracia todo se puede discutir y todo se puede tocar, el experto afirmó que sí se puede reformar la Constitución para introducir la elección directa de las y los ministros de la SCJN.
Desde mi punto de vista, la respuesta es sí, definitivamente porque no hay cláusulas pétreas en nuestra Constitución, no hay ninguna regulación ni interna, ni externa que impida que se modifique la manera cómo se designa a los ministros de la Suprema Corte, asentó.
Además, enfatizó que elegir a los juzgadores mediante el voto popular no afectaría ni la independencia, ni la capacidad, ni la inamovilidad de los mismos.
(Fotos Diputados)