Cancillería turna a la FGR solicitud de detención, con fines de extradición, del gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya

El fiscal especial en Investigación de Asuntos Relevantes y vocero de la FGR, Ulises Lara López, critica el haber hecho pública la acusación contra el gobernador Rocha Moya y demás colaboradores, ya que la propia Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas establece que deben tomarse las medidas correspondientes a fin de que toda la información y documentación que se remite en este tipo de casos se maneje con carácter confidencial y reservado, a efecto de proteger la información que ha sido transmitida

Respuesta a EU 29Abr

Ulises Lara López, vocero de la FGR señala que la solicitud contra Rubén Rocha Moya, del gobierno estadounidense, no se acompaña de elementos probatorios suficientes que aporten evidencias contundentes respecto de los hechos narrados. Además, la legislación mexicana refiere que en el caso de gobernadores y senadores, se requiere iniciar un juicio de procedencia para obtener una declaratoria que retire la inmunidad procesal a las personas servidoras públicas que ostenten dichos cargos

Por: Valentín Alemán Santillán

La Secretaría de Relaciones Exteriores confirmó que el gobierno de Estados Unidos solicitó la detención provisional, con fines de extradición, del gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, y nueve funcionarios de alto rango, actuales y anteriores, de su gabinete, por presuntos nexos con Los Chapitos.

La cancillería, refiere que el documento, sin pruebas anexas, se recibió a las 18 horas de ayer 28 de abril, y fue turnado a la Fiscalía General de la República para que, de acuerdo con el marco normativo vigente bajo la Ley de Extradición Internacional, la FGR evalúe la información recibida conforme a la legislación mexicana.

Los documentos que fueron recibidos por parte de la Embajada de los Estados Unidos, de acuerdo a la revisión jurídica de la Secretaría de Relaciones Exteriores en el marco del Tratado de Extradición bilateral, no cuenta con elementos de prueba para poder determinar la responsabilidad de las personas de las cuales se solicita la detención provisional con fines de extradición. Sin embargo, como debe procederse en estos casos, será la Fiscalía General de la República quien determine si existen elementos probatorios de acuerdo con el sistema jurídico mexicano y la viabilidad de las solicitudes de detención provisional con fines de extradición, señala la cancillería. 

La demanda formal contra el mandatario estatal de Sinaloa y colaboradores fue presentada ante el tribunal federal del Distrito Sur de Nueva York, y asignado a la jueza federal de distrito, Katherine Polk Failla, acusados ​​de narcotráfico y delitos relacionados con el tráfico ilegal de armas.

Además, Relaciones Exteriores precisa que en los tratados vigentes hay provisiones específicas que establecen la confidencialidad de la información, por esta razón se enviará un extrañamiento a la Embajada de los Estados Unidos por la forma en que se dio a conocer.

Al respecto, el fiscal especial en Investigación de Asuntos Relevantes y vocero de la FGR, Ulises Lara López, criticó el haber hecho pública la acusación contra el gobernador Rocha Moya y demás colaboradores, ya que la propia Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas establece que deben tomarse las medidas correspondientes a fin de que toda la información y documentación que se remite en este tipo de casos se maneje con carácter confidencial y reservado, a efecto de proteger la información que ha sido transmitida.

Es necesario precisar que dicha solicitud no se acompaña de elementos probatorios suficientes, que aporten evidencias contundentes respecto de los hechos narrados. Además, es necesario referir que la propia solicitud de los Estados Unidos de América requiere que el Gobierno de México tome las medidas necesarias para asegurar que la información contenida en cualquier solicitud de detención provisional o de extradición que haya sido entregada o vaya a ser entregada, no sea divulgada ni se haga del dominio público, como ocurrió con este caso en particular, por propio dicho de las autoridades estadounidenses, detalló.

Lara López, destacó que a pesar de estas circunstancias, la FGR iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria y conocer si existen datos de prueba que establezcan la probabilidad de que la acusación hecha por las autoridades estadounidenses cuente con el fundamento legal para solicitar órdenes de aprehensión.

Como es del conocimiento público, la legislación mexicana señala claramente que para solicitar a la autoridad judicial una orden de aprehensión se requiere presentar datos de prueba que infieran la posibilidad de que alguna persona ha cometido un delito. No obstante, el Tratado Bilateral en la materia refiere, con toda precisión, que solamente se concederá la extradición si se determina que las pruebas son suficientes, conforme a las leyes de la parte requerida, en este caso de nuestro país, señaló.

De manera particular, el vocero del FGR subrayó que dicha solicitud no se acompaña de elementos probatorios suficientes, que aporten evidencias contundentes respecto de los hechos narrados.

Además, dijo, es necesario referir que la propia solicitud de los Estados Unidos de América requiere que el Gobierno de México tome las medidas necesarias para asegurar que la información contenida en cualquier solicitud de detención provisional o de extradición que haya sido entregada o vaya a ser entregada, no sea divulgada ni se haga del dominio público, como ocurrió con este caso en particular, por propio dicho de las autoridades estadounidenses.

Pues, acotó, dar a conocer dicha información con otros fines distintos podría ser en detrimento de la naturaleza confidencial de los procedimientos penales en los Estados Unidos y contrario a las normas procesales que los gobiernan.

Ulises Lara, comentó que la legislación mexicana refiere que en el caso de gobernadores y senadores, se requiere iniciar un juicio de procedencia para obtener una declaratoria que retire la inmunidad procesal a las personas servidoras públicas que ostenten dichos cargos, ya que esto para la Fiscalía General de la República es fundamental cumplir a cabalidad con todo lo que mandata la Ley, con pleno respeto a la soberanía nacional, ya que de lo contrario se violentaría el Estado de Derecho, así como los derechos y las garantías de las personas requeridas, que al igual que en el Estado requiriente, son inalienables.

(Fotos FGR)