Cárcel de cinco a ocho años, a quien con fines estéticos aplique sustancias modelantes nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud

Con 436 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados reforma la Ley General de Salud y prohíbe el uso de materiales, sustancias o productos similares que tengan como finalidad modificar la anatomía, adelgazar, engrosar, aumentar el volumen, modificar, cambiar, corregir o variar el contorno, la forma o las proporciones de labios, mejillas, mentón, senos, glúteos, brazos, piernas u otras zonas o regiones del rostro y del cuerpo humano, por lo que se impondrán de cinco a ocho años de prisión a quien realice aplicaciones por medio de procedimientos quirúrgicos invasivos o no invasivos, a través de inyecciones, infiltraciones hipodérmicas o de algún otro procedimiento innovador de sustancias modelantes prohibidas

Actualmente, en México 923 mil personas cada año, buscan este tipo de procedimientos, es decir, 2 mil 500 personas cada día, de las cuales, el 80 por ciento son mujeres, y de ese porcentaje, el 90 por ciento son amas de casa. Solamente el 20 por ciento son hombres

Redacción Círculo Rojo

De cinco a ocho años de prisión se impondrán a quienes con fines estéticos apliquen, inyecten o infiltren al cuerpo humano sustancias modelantes nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud.

Así lo aprobó este martes el Pleno de la Cámara de Diputados al agregar los artículos 194 Ter, una fracción VII al artículo 198 y 463 Bis, a la Ley General de Salud.

El dictamen, aprobado con 436 votos a favor, indica que para los efectos de esta Ley, se consideran dispositivos médicos con fines estéticos los materiales, sustancias o productos similares que tengan como finalidad modificar la anatomía, adelgazar, engrosar, aumentar el volumen, modificar, cambiar, corregir o variar el contorno, la forma o las proporciones de labios, mejillas, mentón, senos, glúteos, brazos, piernas u otras zonas o regiones del rostro y del cuerpo humano. 

Por lo que queda prohibido el uso de silicona líquida, aceites minerales, aceites comestibles, aceites de automóvil, grasas vegetales o animales, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos, o cualquier otra sustancia no apta para uso humano mediante aplicación, por medio de procedimientos quirúrgicos invasivos y no invasivos a través de inyección, infiltración hipodérmica o algún otro procedimiento innovador de sustancias modelantes no absorbibles o no biodegradables, nocivas o tóxicas que dañen, afecten, lesionen o pongan en peligro tejidos, órganos, extremidades o sistemas del cuerpo de las personas de forma temporal o permanente.

El documento establece que para tales efectos, la Secretaria de Salud definirá las sustancias modelantes prohibidas. Refiere que cualquier aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de dispositivos médicos con fines estéticos, deberán llevarse a cabo en establecimientos que cuenten con la autorización sanitaria correspondiente y por profesionales en el campo de la medicina, de conformidad con los artículos 79 y 81 de la presente ley. 

El documento, remitido al Senado de la República para efectos constitucionales, subraya que únicamente requieren autorización sanitaria los establecimientos dedicados a la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de dispositivos médicos con fines estéticos.

Menciona que se impondrán de cinco a ocho años de prisión a quien realice aplicaciones por medio de procedimientos quirúrgicos invasivos o no invasivos, a través de inyecciones, infiltraciones hipodérmicas o de algún otro procedimiento innovador de sustancias modelantes prohibidas, de conformidad con el párrafo segundo del artículo 194 Ter de esta ley. Lo anterior, sin menoscabo de lo establecido en los Códigos Penales de las entidades federativas y la Ciudad de México.

En México, 923 mil personas buscan al año este tipo de procedimientos

La diputada promovente, María Clemente García Moreno, destacó que diversas personas, tanto cisgénero como trans recurren al uso de infiltraciones para adaptar o modificar sus cuerpos con fines de embellecimiento, a través del mejoramiento de la apariencia de rostro, labio, mentón o aumentando el volumen de senos, glúteos y piernas.

La legisladora de Morena, indicó que la aplicación de este tipo de sustancias puede ser una herramienta importante para transformar la apariencia física de cualquier persona y ayudarle a sentirse más cómoda con su cuerpo y, en el caso de las personas trans, estos procedimientos posibilitan la afirmación de género.

Sin embargo, dijo, el uso de estas infiltraciones puede ser costosos y potencialmente peligroso, si se realiza en ambientes no médicos o sin la debida capacitación, y en ocasiones, este tipo de procedimientos suelen comercializarse como rellenos de bajo costo con materiales que pueden resultar peligrosos o nocivos para la salud, causar graves daños en la piel, los tejidos subyacentes y en algunos casos, ponen en riesgo la vida de quien los utiliza.

García Moreno, refirió que dichas sustancias pueden ser silicona líquida, aceites comestibles, aceites de automóvil, vegetales o animales, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos u otras no aptas para uso humano o de uso médico.

La legisladora, aseguró que este es un grave problema de salud pública; por ello, es importante que el Estado e instituciones de salud garanticen a las personas que buscan estos tratamientos lo hagan con seguridad y bienestar. 

Actualmente, en México 923 mil personas cada año, buscan este tipo de procedimientos, es decir, 2 mil 500 personas cada día, de las cuales, el 80 por ciento son mujeres, y de ese porcentaje, el 90 por ciento son amas de casa. Solamente el 20 por ciento son hombres. Por ello, se busca prohibir y sancionar como delito la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos que sean nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud, refirió la diputada morenista María Clemente García Moreno.

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