Corte Internacional de Justicia rechaza petición de Nicaragua de ordenar a Alemania suspender ayuda a Israel

En su solicitud Nicaragua argumentaba que el apoyo militar y financiero de Alemania a Israel facilitaba el genocidio de palestinos en Gaza. También le pedía que ordenara a la nación europea restablecer el apoyo al organismo de la ONU que atiende a los refugiados palestinos. Con 15 votos a favor y uno en contra, los magistrados fallaron que no se cumplen las condiciones legales para emitir la orden

ICJ-CIJ/ Frank van Beek: Miembros de los equipos jurídicos del caso Sudáfrica contra Israel en el pronunciamiento de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia en La Haya

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) rechazó este martes lademanda presentada por Nicaragua para que ordenara a Alemania la suspensión de ayuda militar, financiera y política a Israel y el restablecimiento de apoyo financiero a la Agencia de la ONU para los Refugiados Palestinos (UNRWA).

El 1 de marzo pasado, Nicaragua llevó formalmente ante el máximo tribunal judicial de las Naciones Unidas la petición, acusando a Alemania de violar sus obligaciones derivadas de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales, los principios inviolables del Derecho Internacional y el derecho internacional general en relación con los Territorios Palestinos Ocupados, en particular la Franja de Gaza.

Con la ayuda que presta a Israel, argumentó Nicaragua en esa ocasión, Alemania facilita el genocidio de palestinos en Gaza.

Tras considerar la petición, los magistrados decidieron por 15 votos contra uno que no se cumplieron las condiciones legales para emitir la orden solicitada por Nicaragua.

La demanda nicaragüense incluía la solicitud de medidas provisionales urgentes, mientras la Corte estudiara el caso a fondo para decidir el dictamen sobre la participación de Alemania en el genocidio en curso y sobre las violaciones graves del derecho humanitario internacional en Gaza.

El fallo de la Corte Internacional indicó que con base en la información fáctica y los argumentos jurídicos presentados por las partes, las circunstancias no son tales que requieran el ejercicio de su poder para dictar medidas provisionales.

El caso no fue desestimado

La decisión de hoy, no obstante, no significa que el máximo tribunal de justicia haya desestimado el caso, por lo que los jueces todavía escucharán los argumentos de las partes sobre el fondo del caso en el que Nicaragua acusa a Alemania de participar en el genocidio.

El presidente de la Corte, Nawar Salam, sostuvo que esa instancia judicial continúa profundamente preocupada por las condiciones de vida catastróficas de los palestinos en la Franja de Gaza, sobre todo en vista de la privación prolongada y generalizada de alimentos y otros insumos básicos a la que es sometida [su población]

En este sentido, el magistrado agregó que la Corte recuerda a los Estados sus obligaciones internacionales con respecto a la entrega de armas a las partes de un conflicto armado, ya que éstas pueden usarse para cometer violaciones de las leyes internacionales.

La de Nicaragua no es la primera demanda

La demanda de Nicaragua no es la primera que atiende la Corte Internacional de Justicia respecto al proceder bélico israelí en Gaza a partir del 7 de octubre pasado. Ya en enero, en una petición presentada por Sudáfrica, el tribunal ordenó a Israel tomar todas las medidas posibles para prevenir un genocidio en Gaza.

En ese dictamen, la CIJ expuso que al menos algunos de los derechos reivindicados por Sudáfrica y para los que solicitó protección son plausibles.

Asimismo, Colombia solicitó el 5 de abril intervenir en la demanda de Sudáfrica argumentando que el caso plantea cuestiones vitales relativas a la interpretación y aplicación de varias disposiciones de la Convención sobre Genocidio que reflejan tanto obligaciones debidas a la comunidad internacional en su conjunto, como obligaciones debidas a todos los Estados parte en el tratado en relación no sólo con la prohibición de cometer genocidio, sino también con la obligación de prevenirlo.

(Noticias ONU)